Programación didáctica




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EDUCACIÓN SECUNDARIA. 1.º ESO

LENGUA CASTELLANA Y LITERATURA

ANDALUCÍA

PROGRAMACIÓN DIDÁCTICA


ÍNDICE




1. LEGISLACIÓN VIGENTE 3

2. INTRODUCCIÓN 4

3. OBJETIVOS GENERALES DE LA ETAPA DE SECUNDARIA 6

4. OBJETIVOS DE LA MATERIA 7

5. LAS COMPETENCIAS CLAVE 9

6. CONTRIBUCIÓN DE LA MATERIA A LA ADQUISICIÓN DE LAS COMPETENCIAS CLAVE 16

7. CONTENIDOS, CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y ESTÁNDARES DE APRENDIZAJE RELACIONADOS CON LAS COMPETENCIAS CLAVE. SU CONSIDERACIÓN EN LAS UNIDADES DIDÁCTICAS 19

8. ORGANIZACIÓN TEMPORAL 41

9. INCORPORACIÓN DE LOS TEMAS TRANSVERSALES 41

10. METODOLOGÍA 53

11. AGRUPAMIENTOS DE ALUMNOS 66

12. ORGANIZACIÓN DEL ESPACIO 67

13. MATERIALES Y RECURSOS 68

14. MEDIDAS DE ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD 71

15. ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES Y COMPLEMENTARIAS 75

16. EVALUACIÓN 75


1. LEGISLACIÓN VIGENTE


1.1. NORMATIVA ESTATAL

LEY ORGÁNICA 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa.
(BOE de 10 de diciembre)

REAL DECRETO 83/1996, de 26 de enero, por el que se aprueba el Reglamento orgánico de los institutos de Educación Secundaria. (BOE de 21 de febrero)

Orden ECD/65/2015, de 21 de enero, por la que se describen las relaciones entre las competencias, los contenidos y los criterios de evaluación de la Educación Primaria, la Educación Secundaria Obligatoria y el Bachillerato. (BOE de 29 de enero)

1.2. NORMATIVA AUTONÓMICA

(PROYECTO) Decreto xx/2016, de XX de xxxxxx, por el que se establece la ordenación y las enseñanzas correspondientes a la Educación Secundaria Obligatoria en Andalucía. (BOJA de xxx de xxxxx)
Decreto 327/2010, de 13 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los Institutos de Educación Secundaria. (BOJA de 16 de julio de 2010)
(PROYECTO) Orden xxxx/xxxx, de xx de xxxxx, por la que se desarrolla el currículo correspondiente a la Educación Secundaria Obligatoria en Andalucía, se regula la atención a la diversidad y se establece la ordenación de la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado. (BOJA de xxx de xxxxx)

2. INTRODUCCIÓN


2.1. ELEMENTOS DEL CURRÍCULO

Definiciones básicas:

  • Currículo: regulación de los elementos que determinan los procesos de enseñanza y aprendizaje.

  • Objetivos: referentes relativos a los logros que el estudiante debe alcanzar al finalizar la etapa, como resultado de las experiencias de enseñanza-aprendizaje intencionalmente planificadas.

  • Contenidos: conjunto de conocimientos, habilidades, destrezas y actitudes que contribuyen al logro de los objetivos de la etapa educativa y a la adquisición de competencias. En la Educación Secundaria Obligatoria (ESO), los contenidos se ordenan en asignaturas que, a su vez, se clasifican en materias o ámbitos, en función de la propia etapa educativa, o bien de los programas en que participen los alumnos. Dichas materias pertenecen a uno de los siguientes tres bloques de asignaturas: troncales, específicas o de libre configuración autonómica.

  • Criterios de evaluación: referente específico para evaluar el aprendizaje del alumnado. Describen aquello que se quiere valorar y que el alumnado debe lograr, tanto en conocimientos como en competencias; responden a lo que se pretende conseguir en cada asignatura.

  • Estándares de aprendizaje evaluables: especificaciones de los criterios de evaluación que permiten definir los resultados de aprendizaje, y que concretan lo que el estudiante debe saber, comprender y saber hacer en cada asignatura; han de ser observables, medibles y evaluables y permitir graduar el rendimiento o logro alcanzado. Su diseño tiene que contribuir y facilitar el diseño de pruebas estandarizadas y comparables

  • Metodología didáctica: conjunto de estrategias, procedimientos y acciones organizadas y planificadas por el profesorado, con la finalidad de posibilitar el aprendizaje del alumnado y el logro de los objetivos planteados.

  • Competencias: capacidades para aplicar de forma integrada los contenidos propios de cada enseñanza y etapa educativa, con el fin de lograr la realización adecuada de actividades y la resolución eficaz de problemas complejos. Para su desarrollo en la ESO, se identifican siete competencias:

  1. Comunicación lingüística.

  2. Competencia matemática y competencias básicas en ciencia y tecnología.

  3. Competencia digital.

  4. Aprender a aprender.

  5. Competencias sociales y cívicas.

  6. Sentido de iniciativa y espíritu emprendedor.

  7. Conciencia y expresiones culturales.

2.2. ORGANIZACIÓN DE LA ETAPA

La etapa de la ESO se organiza en materias y comprende dos ciclos: el primero (comprende tres cursos escolares), y el segundo (un solo curso), que tendrá un carácter fundamentalmente propedéutico.

Existen tres tipos de materia:

  1. Troncales, cuyos contenidos comunes, criterios de evaluación, estándares de aprendizaje evaluables y horario lectivo mínimo son establecidos por el Gobierno con carácter general para todo el alumnado. Son de cursado obligatorio. A su vez, se clasifican en:

    1. Materias generales: comunes para todo el alumnado.

    2. Materias de opción: en 3.º y 4.º de la ESO hay algunas materias troncales de entre las que los estudiantes deben elegir.

  1. Específicas, cuyos estándares de aprendizaje evaluables son establecidos por el Gobierno, aunque corresponde a las Administraciones educativas determinar los contenidos y complementar los criterios de evaluación, si se considera oportuno. Algunas de ellas deben ser cursadas obligatoriamente por el alumnado, mientras que otras son de opción.

  2. De libre configuración autonómica, cuyo diseño curricular es competencia de las distintas Administraciones educativas. Entre ellas se incluirá la materia de Lengua Cooficial y Literatura, cuando proceda.

La materia de Lengua Castellana y Literatura pertenece al bloque de las asignaturas troncales generales; es, por tanto, una materia, que todos los alumnos deben cursar en todos los cursos de la ESO. Todos los elementos básicos de su currículo han sido establecidos desde la Administración central, aunque es competencia de las Administraciones educativas la distribución de los contenidos en los distintos cursos y su posible ampliación, si se considera procedente, así como el establecimiento del horario lectivo semanal, respetando el mínimo establecido con carácter general.
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