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OEFA:
En adición a lo indicado, la SNMPE (Sociedad Nacional de Minería, Petróleo y Energía), organización empresarial constituida como una Asociación Civil sin fines de lucro, que agremia a las personas jurídicas vinculadas a la actividad minera, hidrocarburífera y eléctrica, del cual fue socio la empresa Doe Run Perú S.R.L., fue objeto de acciones coercitivas:
PARALIZACION DE LAS OPERACIONES DEL CMLO El 15/12/2008, la empresa por insolvencia económica se encuentra obligado a paralizar la ejecución de los Compromisos contraídos dentro del PAMA, como es la construcción de los proyectos de Modernización del Circuito de Cobre y la Planta de Acido Sulfúrico del Circuito de Cobre, como consecuencia la suspensión del crédito revolvente de la banca comercial10 por las deudas pendientes por pagar11 y sus consiguientes efectos con sus proveedores de materia prima. Con fecha 02/06/2009, se concretiza la paralización total de las operaciones de producción por falta de decisión de la empresa de afrontar el problema, existiendo facilidades de solución de parte de los proveedores de concentrados con el aporte económico para continuar con sus operaciones. Mediante acta de acuerdo “Cese temporal imperfecto de labores” suscrito entre Dirección Regional de Trabajo de Junín, DRP SRL y los trabajadores suspenden las labores con pago del 50% de sus sueldos a funcionarios, empleados y obreros. Frente al incumplimiento del compromiso contraído por la empresa en la fecha prevista la realidad y peticiones solicitadas por la empresa y la masa trabajadora; el Congreso de la Republica promulga la Ley Nº 29410 (25/09/2009) que Prorroga el plazo para el financiamiento y la culminación del Proyecto Planta de Acido Sulfúrico y Modificación del Circuito de Cobre del Complejo Metalúrgico de La Oroya, y su respectiva reglamentación D.S. Nº 075-2009-EM (28/10/2009) y su modificatoria D.S. Nº 032-2010-EM (10/06/2010) para que efectúe sus compromisos predeterminados. Con la paralización del CMLO que tiene ya más de año y medio, los problemas que se experimentaron en la ciudad de La Oroya y su entorno es conmovedor, con la masa trabajadora enardecida que defiende su empleo ante la posibilidad del cierre definitivo de las operaciones del CMLO y la población por la reducción del poder de compra. Las siguientes ampliaciones de acuerdos entre la empresa y los sindicatos se logra un incremento porcentual de paga hasta 70% de sus remuneraciones que se están financiando con los excedentes de los ingresos por la comercialización de concentrados de cobre obtenidos de la unidad de producción minera de Cobriza (Churcampa-Huancavelica), propiedad de la empresa Doe Run Perú S.R.L. que mantiene sus operaciones, a pesar del cierre del complejo. Durante el periodo de parada del CMLO, se han firmado las siguientes actas:
Desde 04/12/2011, previo acuerdo entre ambas partes se determina la asistencia ordinaria parcial a sus centros de labor del personal que corresponde entre las 7:30 y 12:30 horas. Al 31-03-201012 falta concluir con: Modificaciones en el circuito de cobre, que tiene un avance del 48% y la construcción de la planta de acido correspondiente con 57%. Las inversiones efectuadas en el cumplimiento del PAMA, se puede detallar:
TOTAL DE INVERSION. US$ 284’ 218 990 PROCESO CONCURSAL ANTE INDECOPI Es inexplicable como una empresa considerada grande en la minería peruana con mayores ventas desde los inicios de su gestión (23 de octubre de 1997)13 se encuentre en quiebra14; teniendo un superávit en los estados financieros debidamente auditadas en los últimos años, lo que motivo pago de utilidades (bonos concertados entre la empresa y trabajadores) correspondiente a los años 2005, 2006, 2007 y 2008.
Ante la falta de predisposición y intención frontal de solucionar los diversos problemas que aquejan a la empresa, motiva que la empresa Consorcio Minero S.A. “Cormin”, filial de la transnacional Trafigura Group Company, solicite como acreedor ante el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección Intelectual “INDECOPI”, ingresar al proceso concursal ordinario a través del expediente Nº 33-2010/CCOIndecopi. Se especula que cerca de 5000 empresas y personas naturales habrían solicitado el reconocimiento de alguna deuda con la minera Doe Run Perú S.R.L.15. La Junta de acreedores designada por Indecopi dentro del sistema del proceso concursal ordinario dictaminará su liquidación o su reestructuración dentro de los plazos definidos por el sistema procesal concursal. Si la Junta de Acreedores decide reestructurar la empresa los temas centrales serán16:
Si optan por liquidar la empresa, tendrán que:
RESPONSABILIDADES SEGÚN CONTRATO DE TRANSFERENCIA El contrato de transferencia17 celebrado entre Metaloroya S.A. (Subsidiaria de Centromin Perú S.A.) y Doe Run S.R.L., estipula tácitamente responsabilidades: Numeral 5.3 “Durante el Periodo PAMA de Metaloroya; DRP asumirá la responsabilidad por daños y perjuicios y reclamos de terceros atribuibles a ella a partir de la suscripción del contrato, solo en los siguientes casos:
Numeral 5.4 “Después del vencimiento del plazo legal del PAMA de Metaloroya, Doe Run asumirá la responsabilidad por daños y perjuicios y reclamos de terceros de la manera siguiente:
Numeral 6.2: “Durante el periodo aprobado para la ejecución del PAMA de Metaloroya, Centromin asumirá la responsabilidad por cualquier daños, perjuicios y reclamos de terceros atribuibles a las actividades de Doe Run, Centromin y/o sus predecesores, excepto por los daños, perjuicios y reclamos de terceros que sean de responsabilidad de Doe Run de conformidad con el numeral 5.3”. Numeral 6.3 “Después del vencimiento del plazo legal del PAMA de Metaloroya, Centromin asumirá la responsabilidad por cualquier daños y reclamos de terceros atribuibles a las actividades de Centromin y/o sus predecesores excepto por daños, perjuicios y reclamos de terceros que sean la responsabilidad de Doe Run de conformidad en el numeral 5.4”. EVALUACION DE SUELOS CONTAMINADOS Según el último estudio realizado de suelos afectados por la contaminación por las consultoras Ground Water International, Science Integrity y Knight Piesold Consulting, a petición de Activos Mineros, Las emisiones de plomo, cadmio y arsénico ocasionadas por la fundición de La Oroya durante sus 87 años de vida productiva han afectado alrededor de 2.300 kilómetros cuadrados de suelos en la región central, la mayor concentración de metales que sobrepasan los límites permisibles está en los 10 primeros centímetros de profundidad. La recuperación de suelos demandaría diez años y una inversión de 50 millones de dólares aproximadamente. ![]() Figura Nº 2: la gravedad de la contaminación de suelos en La Oroya Fuente: http://elcomercio.pe/noticia/367390/se-imagina-casi-toda-lima-envenenada-plomo-arsenico-si-eso-sucede-oroya. Frente a esta realidad, es indispensable considerar los grados de responsabilidades que corresponde tanto a Centromin Perú S.A. como a Doe Run Perú S.R.L. ACCIONES INTOLERANTES EJERCIDAS POR LA EMPRESA La empresa inicia en forma similar, por no decir idéntica a lo ocurrido en el año 2006, la metodología de utilizar a los trabajadores18, su entorno y autoridades locales para lograr la reactivación del CMLO, por encontrarse su empresa matriz entre los principales acreedores19.
Se calcula que las obligaciones de Doe Run Perú S.R.L., superarían los US$ 800 millones, de los cuales unos US$ 600 millones corresponden al Estado (por impuestos, incumplimiento del PAMA y multas) y el resto por deudas a sus proveedores. A ese total habría que añadir las posibles indemnizaciones a raíz de las 11 denuncias por daño ambiental admitidas por un Juez de Missouri, en Estados Unidos.
![]() Fotografía Nº 4: Pintas en uno de los complejos de Doe Run en la carretera central en La Oroya ¿Quién propicia……?
No sería nada paradójico la presencia de los trabajadores y familiares en las marchas de protestas (La Oroya desde Puente Cascabel Hasta el Ovalo de Marcavalle en horas punta; en la ciudad de Huancayo realizando marchas hacia el Gobierno Regional; en la ciudad de Lima; capital del Perú efectuando marchas hacia el Congreso de la Republica22), paros, toma de vías de comunicación; huelgas de hambre con la única finalidad de presionar al Estado Peruano con apoyo de la prensa hablada e escrita del ámbito local para la pronta reactivación del CMLO. ![]() Fotografía Nº 5.- Marcha de trabajadores por la carretera central que une Lima con la sierra y selva central No se puede admitir ni accedérsele, que una empresa transnacional invierta y opere en nuestro País, obteniendo sobre ganancias en base de nuestros recursos naturales no renovables y beneficiándose con la alza del precio de los metales en el mercado de la oferta y demanda, sin considerar el cuidado del ambiente y sus altos riesgos inherentes; transgrediendo las normas, presionando al Gobierno de turno para satisfacer sus intereses empresariales. Dentro de la democracia la búsqueda del progreso y desarrollo de la sociedad y por ende el país, las ideas y puntos de vista se consensuan; las discrepancias y posiciones antagónicas buscan un punto de equilibrio y en el camino se van mejorando. Una Empresa cualquiera fuera su giro comercial no puede ni debe imponer o poner en juego la dignidad de las personas e instituciones para el logro de sus objetivos institucionales; mas aun en estas épocas de globalización donde los sistemas de comunicación no tienen barreras, los conocimientos de la ciencia y la técnica están al alcance de todos sin discriminación alguna. |