 ESTUDIO PREVIO JUSTIFICATIVO PARA LA MODIFICACIÓN DE LA DECLARATORIA DEL ÁREA NATURAL PROTEGIDA
PARQUE NACIONAL
SISTEMA ARRECIFAL VERACRUZANO VERACRUZ, MÉXICO
JUNIO 2011 JUNIO 2008
D I R E C T O R I O
JUAN RAFAEL ELVIRA QUESADA
Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales LUIS FUEYO MAC DONALD
Comisionado Nacional de Áreas Naturales Protegidas DAVID GUTIÉRREZ CARBONELL
Director General de Operación Regional JOSÉ ANTONIO GONZÁLEZ AZUARA Director Regional Planicie Costera
y Golfo de México TOMÁS CAMARENA LUHRS
Director del Parque Nacional Sistema
Arrecifal Veracruzano CÉSAR SÁNCHEZ IBARRA
Director Encargado de Representatividad
y Creación de Nuevas Áreas Protegidas
El presente estudio fue elaborado por la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, por conducto de la Dirección de Representatividad y Creación de Nuevas Áreas Naturales Protegidas, la Dirección del Parque Nacional Sistema Arrecifal Veracruzano y la Dirección Regional Planicie Costera y Golfo de México, a través de César Sánchez Ibarra, Elvira Carvajal Hinojosa, Tomás Camarena Luhrs, Lilián Torija Lazcano, Israel López Huerta, María Elena García Muñoz, Gregorio Cruz Aja, Jezahel Miranda Zacarías y Roberto Daniel Cruz Flores. Además con la colaboración de Martín Quijano Poumián y Erika Aguilar Castellanos de QV Gestión Ambiental S.C.
Revisión Técnica por la CONANP
_______________________________
Biol. César Sánchez Ibarra
Director Encargado de Representatividad
y Creación de Nuevas Áreas Protegidas
Revisión Jurídica por la CONANP
_______________________________
Lic. Raúl Barrientos Abarca
Director de Asuntos Jurídicos
Cítese: Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, Junio, 2011. Estudio Previo Justificativo para la modificación de la declaratoria del Parque Nacional Sistema Arrecifal Veracruzano, Veracruz, México, 87 pág. + 5 Anexos
Í N D I C E
INTRODUCCIÓN 7
I.INFORMACIÓN GENERAL DEL ÁREA NATURAL PROTEGIDA 7
a)Nombre y categoría 8
b)Antecedentes de protección 8
c)Superficie, delimitación, zonas y subzonas 11
II.ANÁLISIS DE LA PROBLEMÁTICA QUE GENERA LA PROPUESTA DE MODIFICACIÓN EN LA CUAL SE INCLUYEN LOS ESCENARIOS ACTUAL Y ORIGINAL 21
a)Impresiciones en la descripción limítrofe y de ubicación de coordenadas cartográficas 21
b)Limitaciones en la protección de las unidades arrecifales 27
c)Alteración y modificación de los ecosistemas existentes en el área 30
d)Indefinición del manejo del territorio insular 38
e)Omisión de la zonificación para el manejo 39
III.PROPUESTA DE MODIFICACIÓN DE LA DECLARATORIA 41
a)Delimitación precisa de la poligonal del PNSAV 42
b)Modificación de la superficie del PNSAV 43
c)Definición del manejo del territorio insular 47
d)Establecimiento de la zonificación y subzonificación 47
IV.LINEAMIENTOS GENERALES PARA EL MANEJO DEL ÁREA NATURAL PROTEGIDA 51
V.LOS DEMÁS DATOS QUE SEAN NECESARIOS PARA SUSTENTAR LOS ESTUDIOS PRESENTADOS 54
BIBLIOGRAFÍA 79
INDICE DE FIGURAS
Figura 1. Localización geográfica del Parque Nacional 14
Sistema Arrecifal Veracruzano 14
Figura 3. Esquema que muestra los vértices extremos del polígono general del Parque Nacional Sistema Arrecifal Veracruzano. 22
Figura 4. Polígonal del PNSAV sobre Imagen Google Earth 2010. 23
Figura 5. Poligonal con vértices que se disparan en extremos geográficos. 23
Figura 6. Poligonal que se introduce tierra adentro y cruza la zona de Mandinga. 24
Figura 7. Poligonal que se prolonga tierra adentro en la zona de Paso del Toro y Jamapa para terminar en una intersección en los Municipios de Veracruz: Soledad de Doblado, Camarón de Tejeda y Zentla. Extremo suroeste 24
Figura 8. Traslape de la poligonal del Parque Nacional SAV 25
Figura 9. La línea roja muestra la poligonal actual del PNSAV 25
Figura 10. Poligonal (línea roja) que se localiza tierra adentro 26
en la localidad de Antón Lizardo. 26
Figura 11. Error de la poligonal al Noroeste del Parque que deja descubierto el extremo Noroeste del Arrecife Punta Gorda. 26
Figura 12. El error de la poligonal deja descubierto prácticamente el extremo Oeste del Arrecife Hornos. 27
Figura 13. Polígono General del PNSAV. 28
La imagen es para efecto de mostrar la no inclusión integral de las estructuras arrecifales 28
sin tomar en cuenta la problemática que se presenta respecto de la poligonal 28
Figura 14. Ejemplo de unidades funcionales arrecifales excluidas de la poligonal: Arrecifes de la Zona I. Anegada de Afuera, Santiaguillo y Anegadilla, al este del polígono. 29
La imagen es para efecto de mostrar la no inclusión integral de las estructuras arrecifales 29
Figura 15. Superficies de la estructura arrecifal fuera de la poligonal: Zona I. Anegada de Afuera, Santiaguillo y Anegadilla (Sup. izq.); Zona II Cabezo (Sup. der.). Zona VIII. Anegada de Adentro. (Inf. Izq.). 29
La imagen es para efecto de mostrar la no inclusión integral de las estructuras arrecifales 29
Figura 16. Ubicación de Punta Gorda dentro de la Bahía de Vergara 33
Figura 19. Exclusión de la superficie de Punta Gorda 46
Figura 20. Poligonal propuesta para el Parque Nacional Sistema Arrecifal Veracruzano 47
Figura 21. Propuesta de zonificación para PNSAV 50
INDICE DE CUADROS
Cuadro 1. Descripción de los arrecifes del Parque Nacional Sistema Arrecifal Veracruzano 15
Cuadro 2. Vértices de la poligonal con errores evidentes de localización 21
Cuadro 3. Resumen de la problemática identificada en el arrecife Punta Gorda. 32
Cuadro 4. Modificación de la superficie en el Parque Nacional 44
Cuadro 5. Especies de flora terrestre bajo alguna categoría de riesgo. 63
Cuadro 6. Especies de fauna bajo alguna categoría de riesgo. 66
Cuadro 7. Crecimiento poblacional estimado en la zona de influencia al PNSAV 72
Cuadro 8. Volumen y valor de la producción por actividad económica (2009). 74
ÍNDICE DE ANEXOS
Anexo 1. Decreto de creación del Parque Nacional Sistema Arrecifal Veracruzano 1992 ……………………………..…………………...…………………………………………...88 Anexo 2. Decreto por el que se reforma el Artículo 6° del decreto del Sistema Arrecifal Veracruzano (1994)…………………...……………………………………...….…110 Anexo 3. Acuerdo por el que se dota al Sistema Arrecifal Veracruzano de una categoría acorde a la legislación vigente 2000)…………………………......……..….…111 Anexo 4. Acuerdo de Destino Sistema Arrecifal Veracruzano (2008)….…………....117 Anexo 5. Listados de Flora y Fauna……………………………………….…………..…..129
INTRODUCCIÓN El Parque Nacional Sistema Arrecifal Veracruzano (PNSAV) representa uno de los esfuerzos más importantes para la conservación y manejo sustentable de los ecosistemas marinos en el Golfo de México. Decretado en 1992, el área natural protegida (ANP) está conformada por 23 formaciones arrecifales, ecosistemas de gran importancia ecológica pero con una enorme fragilidad, que junto con los sistemas arrecifales del norte de Veracruz, funcionan como reservorio, puente y punto de diseminación de una gran cantidad de especies de flora y fauna entre las áreas arrecifales del Mar Caribe y Florida. Sin embargo, su ubicación frente a la desembocadura del río Jamapa en un área donde ocurren diversas actividades económicas, entre las que destacan la pesca y el turismo, la zona recibe una fuerte influencia del crecimiento y desarrollo urbano de los Municipios de Veracruz y Boca del Río principalmente, además de la presión por actividades portuarias e industriales. La formulación del programa de manejo correspondiente motivó la revisión del decreto de creación y consideró fundamental y oportuna la modificación de dicho documento. A partir de los lineamientos legales señalados en el Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en materia de áreas naturales protegidas (RANP) en su Capítulo III, Artículos 62 al 65, el presente Estudio Previo Justificativo tiene como objetivo proporcionar los elementos para proponer la modificación de la declaratoria del Parque Nacional Sistema Arrecifal Veracruzano con tres fines principales: ampliar la superficie actual con la incorporación de superficie marina que cuenta con valor ambiental y la totalidad de las estructuras arrecifales e islas que conforman el PNSAV, para proteger sus componentes estructurales y la continuidad de los procesos que permiten su existencia. Asimismo, se pretende brindar mayor certeza jurídica al corregir la actual poligonal excluyendo zonas urbanas y portuarias, así como desincorporar aquellas áreas cuyo grado de deterioro ambiental ha ocasionado la pérdida de la funcionalidad ecosistémica y biodiversidad de las formaciones arrecifales de forma irreversible. La conservación del área natural protegida como Parque Nacional resulta fundamental tratándose de una comunidad ecológica marina, que cuenta con una gran belleza escénica, valor científico, educativo, histórico y con aptitud para el desarrollo del turismo. Lo anterior, permitirá continuar y optimizar la protección de sus recursos naturales, el incremento de su flora y fauna, la preservación del ecosistema arrecifal y de sus elementos, así como con las actividades de investigación, recreación, turismo y educación.
INFORMACIÓN GENERAL DEL ÁREA NATURAL PROTEGIDA
Nombre y categoría
La presente propuesta no modifica el nombre ni la categoría del área natural protegida (ANP), por lo que su denominación seguirá siendo Parque Nacional Sistema Arrecifal Veracruzano (PNSAV). El objetivo de conservación del ANP como Parque Nacional se mantiene y está fundamentado por tratarse de una comunidad ecológica marina, conformada por 23 formaciones arrecifales de gran valor ecológico y ambiental, con una gran belleza escénica, valores científico, educativo e histórico y aptitud para el desarrollo del turismo, con lo cual se busca continuar y optimizar la protección de sus recursos naturales, el incremento de su flora y fauna, la preservación del ecosistema arrecifal y de sus elementos, así como con la investigación, recreación, turismo y educación.
Antecedentes de protección
Desde la época prehispánica se tienen registros de actividades en lo que hoy es el Parque Nacional Sistema Arrecifal Veracruzano. Los habitantes de la región de Veracruz utilizaban la Isla de Sacrificios para efectuar adoraciones y ceremonias; se han encontrado numerosos vestigios arqueológicos que incluyen entierros y restos de basamentos piramidales de templos Totonacas. Durante la época colonial, la isla fue utilizada para la reparación de embarcaciones y preparación de ataques; por ejemplo, en la Guerra de los Pasteles en 1836, sirvió de punto de partida de los ataques de la marina francesa. Asimismo, fue ocupada por los norteamericanos durante las dos invasiones que realizaron en territorio nacional. Por otra parte, sus arrecifes se citan por primera vez por Heilprin en 1891. Alexander Von Humboldt en su ensayo político sobre la Nueva España, describe que los habitantes porteños de Veracruz utilizaban en la construcción de sus casas la piedra múcar de origen madrepórico. Por su parte, Joubin (1912, citado por Emery, 1963) publicó un mapa de arrecifes coralinos del Golfo de México basándose en Heilprin, pero no fue sino hasta hace más de 30 años cuando se reanudaron las investigaciones con el trabajo de Emery (1963), quien estudió la geología, la topografía y los sedimentos del área (CONABIO-INE, 1995; Vargas-Hernández et al., 1993). Los primeros intentos de protección del Parque Nacional “Sistema Arrecifal Veracruzano” datan desde 1975, al considerar al arrecife “Blanquilla” como zona de refugio para la protección de flora y fauna marina; asimismo, los arrecifes “Anegada de Afuera”, “De Enmedio”, “Rizo”, “Punta Coyo” y “Verde” fueron propuestos también como zonas de protección por instancias como Consejo Nacional de Productores Agrícolas de México (CONAPAN), Secretaría de Asentamientos Humanos y Obras Públicas (SAHOP) y particulares (CONABIO-INE, 1995). Posteriormente, el 7 de septiembre de 1982 el Organismo de Coordinación Regional del Plan Nacional de Contingencias para Combatir y Controlar Derrames de Hidrocarburos y Otras Sustancias Nocivas en el Mar, acordó el cierre de la isla de Sacrificios y su arrecife, a toda actividad pesquera y turística. En 1983, la Secretaría de Marina Armada de México (SEMAR), a través de la Tercera Zona Naval Militar, crea una oficina de administración del área para atender asuntos relacionados con su manejo. En 1991, la Secretaria de Desarrollo Social (SEDESOL), en coordinación con las de Marina (SEDEMAR), de Pesca (SEPESCA) y de Comunicaciones y Transportes (SCT), presentaron la propuesta ante el Ejecutivo Federal, para que el área que comprende los 23 arrecifes coralinos que conformaban el Sistema Arrecifal Veracruzano con una extensión de 52,238-91-50 hectáreas, fuera declarada como un ANP. Como resultado de ello, el 24 de agosto de 1992 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el Decreto Presidencial en el que se declaró con el carácter de Parque Marino Nacional, la zona conocida como Sistema Arrecifal Veracruzano, ubicada frente a las costas de los Municipios de Veracruz, Boca del Río y Alvarado en el Estado de Veracruz Llave, con una superficie de 52,238-91-50 hectáreas, cuya finalidad fue asegurar el equilibrio y la continuidad de los procesos ecológicos; salvaguardar la diversidad genética de las especies existentes, así como asegurar el aprovechamiento racional de los recursos naturales existentes en la zona, y proporcionar un cambio propicio para la investigación científica y el estudio del ecosistema y su equilibrio. Anexo 1 Desde 1992, la Secretaría de Marina - Armada de México crea una Oficina de Administración, para atender los asuntos relacionados con la administración y manejo de la zona, y para el 22 de noviembre de 2000 la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (CONANP), establece oficialmente la Dirección del Parque Nacional. El 25 de noviembre de 1994, las Secretarías de Desarrollo Social y de Pesca, con base en investigaciones biológicas pesqueras y con el fin de garantizar un aprovechamiento racional de los recursos pesqueros, emitió el decreto por medio del cual se modificó el artículo sexto del decreto del 24 de agosto de 1992, referente a permitir la pesca comercial de las especies íctiológicas y malacológicas, en las áreas, épocas, límites, artes, equipos y métodos que establezcan el programa de manejo, los avisos de veda, las normas oficiales y demás disposiciones jurídicas aplicables. A raíz de este decreto, el Instituto Nacional de la Pesca (INAPESCA) dependiente de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA), a través del Centro Regional de Investigación Pesquera Veracruz, estableció diversos procedimientos en lo referente a vedas y artes de pesca empleados actualmente en el PNSAV. Anexo 2 Entre 1998 y 2000, el parque fue considerado dentro del Programa de Regiones Prioritarias para la Conservación de la Biodiversidad de la Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad (CONABIO), el cual se orientó a la identificación de áreas, cuyas características físicas y bióticas representaran condiciones particularmente importantes desde el punto de vista de la biodiversidad en diferentes ámbitos ecológicos. (Arriaga et al., 1998a, 1998b; 2000; Benítez, et al., 1999). El PNSAV se encuentra dentro de las siguientes regiones prioritarias:
Región Terrestre Prioritaria RTP-123 Dunas Costeras del Centro de Veracruz
Región Marina Prioritaria RMP-049 Laguna Verde- Antón Lizardo
Región Hidrológica Prioritaria RHP-77 Río La Antigua
Área de Importancia para la Conservación de las Aves SE-03 Centro de Veracruz
El 7 de junio de 2000, la entonces Secretaría de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca (SEMARNAP) publicó en el Diario Oficial de la Federación, un Acuerdo que tenía por objeto dotar con una categoría acorde con la legislación vigente, a aquellas superficies que fueron objeto de diversas declaratorias en áreas naturales protegidas, emitidas por el Ejecutivo Federal. La actualización de la política de conservación para la administración, operación y desarrollo sustentable de las áreas naturales protegidas, determinó la necesidad de contar con categorías más homogéneas que facilitaran su manejo, además de cumplir con el artículo séptimo transitorio del Decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA), publicado el 13 de diciembre de 1996 en el Diario Oficial de la Federación. El Acuerdo señala entre otras cosas, en el punto 1 del Artículo primero: “El Parque Marino Nacional “Sistema Arrecifal Veracruzan”o, establecido mediante Decreto…tendrá el carácter de Parque Nacional “Sistema Arrecifal Veracruzano”. Anexo 3 El 2 de febrero de 2004, el parque es declarado como sitio RAMSAR, por el Organismo Internacional para la protección de humedales de Importancia internacional, por tratarse de un área marina que comprende 23 arrecifes de diferentes tamaños, formas y profundidad, y cuya importancia radica en la gran biodiversidad que ostenta, su alta productividad en términos de pesquería, belleza escénica, procesos de tasas de recambio, intercambio genético, recolonización y estabilidad general del ecosistema. El 27 de octubre de 2006, la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) incorporó al Parque Nacional a la Red Mundial del Programa del Hombre y la Biosfera (MAB), por sus siglas en inglés, como “Reserva de la Biosfera”, porque presenta las tres funciones de la Reserva de la Biosfera del MAB:
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