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![]() Administración del Sr. Ec. Rafael Correa Delgado Presidente Constitucional de la República ![]() ![]() TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Año II -- Quito, Viernes 22 de Agosto del 2008 -- Nº 409![]() ![]() ![]() ![]() SUMARIO: Págs. Págs. FUNCION EJECUTIVA DECRETOS:
CONVENIO:
RESOLUCIONES:
Págs.
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL RESOLUCIONES:
![]() Nº 1251-A Rafael Correa Delgado PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA Considerando: Que mediante Resolución Nº 139-DM, de 26 de mayo del 2008, el señor Ministro de Transporte y Obras Públicas, por las consideraciones establecidas en dicha resolución, califica como emergente la ejecución de los trabajos de relleno hidráulico emergente para las poblaciones de San José y San Agustín, con un área de 189.439,24 m2 provincia de Los Ríos; Que el Ministerio de Transporte y Obras Públicas, en cumplimiento de tal declaratoria, por lo impostergable que resulta la atención de las obras viales y aeroportuarias, a base del procedimiento de excepción previsto en el Art. 6, letra k) de la Codificación de la Ley de Contratación Pública y penúltimo inciso del Art. 5 del Reglamento General de Aplicación de la Ley lb., ha llevado adelante el trámite de la Invitación Directa Nº 526-RH-2008-SOPC, para contratar los trabajos referidos en el inciso anterior; Que una vez cumplidos los requisitos del procedimiento de excepción se emite la Resolución Nº 172-DM de 26 de junio del 2008, en la que se adjudica el contrato a la Dirección General de Intereses Marítimos de la Armada del Ecuador, para realizar los trabajos antes indicados; Que para la celebración de este contrato, se cuenta con los informes favorables de los señores: Subprocurador General del Estado, Encargado y Subcontralor General del Estado, Encargado, a través de oficios Nos. 01974 de 22 de julio del 2008, 018619 DCP de 22 de julio del 2008; El informe del Ministro de Finanzas se lo considera favorable por haber transcurrido el término establecido en el Art. 60 de la Codificación de la Ley de Contratación Pública, sin perjuicio de lo cual existe la correspondiente certificación presupuestaria contenida en el Memorando Nº 864-DGFP de 8 de julio del 2008, suscrito por el Director de Gestión Financiera del MTOP; y, el oficio Nº MF-SP-CACP-2008-2261 de 20 de mayo del 2008, suscrito por el Ministro de Finanzas; Que con fundamento en la norma del inciso segundo del Art. 54 de la Codificación de la Ley de Contratación Pública, el señor Ministro de Transporte y Obras Públicas, previo a la celebración del indicado contrato, solicita autorización; y, En uso de las atribuciones que le confiere el Art. 54, inciso segundo de la Codificación de la Ley de Contratación Pública, Decreta: Art. 1.- Autorizar al señor Ministro de Transporte y Obras Públicas, para que previo el cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Codificación de la Ley de Contratación Pública y bajo su responsabilidad, suscriba el contrato con la Dirección General de Intereses Marítimos de la Armada del Ecuador, para realizar los trabajos de relleno hidráulico emergente para las poblaciones de San José y San Agustín, con un área de 189.439,24 m2 provincia de Los Ríos, por el monto de US D 2’395.005,62; y, un plazo de ejecución de diez (10) meses calendario, contados a partir de la fecha en que la Subsecretaría de Obras Públicas y Comunicaciones del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, notifique que el anticipo se encuentra disponible. Art. 2.- Será de responsabilidad de la entidad contratante las resoluciones adoptadas, la conveniencia técnica y económica de la oferta adjudicada y el cumplimiento de los requisitos legales para el perfeccionamiento y ejecución del contrato, en conformidad con el artículo 114 de la Codificación de la Ley de Contratación Pública. Art. 3.- De la ejecución del presente decreto que entrará en vigencia a partir de esta fecha, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial, encárguese el señor Ministro de Transporte y Obras Públicas. Dado, en el Palacio Nacional, en la ciudad de San Francisco de Quito, Distrito Metropolitano, el 1 de agosto del 2008. f.) Rafael Correa Delgado, Presidente Constitucional de la República. f.) Jorge Marún Rodríguez, Ministro de Transporte y Obras Públicas. Es fiel copia del original.- Lo certifico. f.) Abg. Oscar Pico Solórzano, Subsecretario General de la Administración Pública (E). ![]() Nº 1259 Rafael Correa Delgado PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA En ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 169 de la Constitución Política de la República, Decreta: ARTICULO PRIMERO.- Mientras dure la ausencia del país del señor Presidente Constitucional de la República, economista Rafael Correa Delgado, los días 12 y 13 de agosto del 2008, en Buenos Aires-Argentina y, del 14 al 15 de los citados mes y año en Asunción-Paraguay, delégase al señor licenciado Lenín Moreno Garcés, Vicepresidente Constitucional de la República, el ejercicio de las atribuciones a las que se refieren los artículos 153, 171, 180, 181 y 182 de la Constitución Política de la República. |