Programa de derecho




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IMPLEMENTACION DE LA LEY 1145 DEL 2007 FRENTE AL SINDROME DE DOWN EN LA CIUDAD DE PASTO PERIODO 2008-2010

MARIO CASTRO

LUIS CARLOS DAZA

SORANI MORA

ANTONY BENAVIDES

Estudiantes.

INSTITUCION UNIVERSITARIA CESMAG

FACULTAD DE CIENCIAS SOCIALES Y HUMANAS

PROGRAMA DE DERECHO

2012

IMPLEMENTACION DE LA LEY 1145 DEL 2007 FRENTE AL SINDROME DE DOWN EN LA CIUDAD DE PASTO PERIODO 2008-2010

ALEJANDRO REGALADO

MAURA EDITH MARCILLO

ASESORES

INSTITUCION UNIVERSITARIA CESMAG

FACULTAD DE CIENCIAS SOCIALES Y HUMANAS

PROGRAMA DE DERECHO

2012

TABLA DE CONTENIDO

INTRODUCCION

GLOSARIO ………………………………………………….Pág. 6

TITULO I DE LA DISCAPACIDAD………………………………Pág. 9

CAPITULO I DE LA DISCAPACIDAD EN COLOMBIA………Pág. 9

CAPITULO II ¿COMO FUNCIONA?.................................... Pág. 10

TITULO II SINDROME DE DOWN…………………………… …Pág. 12

CAPITULO III ANTECEDENTES HISTORICOS SOBRE EL SINDROME DE DOWN ……………………………………………Pág. 12
IV CARACTERISTICAS DEL SINDROME DE DOWN.......... Pág. 13

V CARACTERISTICAS FISICAS………………………………..Pág. 14

TITULO III DE LAS ENTIDADES……………………………. ..Pág. 15

VI ASDOWN……………………………………………………….Pág. 15

VII FIDES………………………………………………………….Pág. 16

VIII CEHANI…………………………………………………… …Pág. 16

TITULO IV DERECHOS HUMANOS Y DISCAPACIDAD……Pág. 17

CAPITULO IX DERECHOS HUMANOS…………………… …Pág. 17

CAPITULO X DISCAPACIDAD MENTAL………………….....Pág. 18

TITULO V AMBITO JURIDICO………………………………. ..Pág. 19

CAPITULO XI LEGISLACION………………………………....Pág. 20

CAPITULO XII SENTENCIA EMITIDAS POR LA CORTE CONSTITUCIONAL ………………………………………………Pág. 22

CAPITULO XIII DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD MENTAL ………………………………………Pág. 25

CONCLUSIONES

RECOMENDACIONES

BIBLIOGRAFIA

INTRODUCCION

Todas las personas en el universo, desde el momento en que nacen, adquieren derechos independientemente de las distintas circunstancias en las que lo hagan, por este motivo, en Colombia existen de igual manera los derechos, a toda clase de personas, entre estas a las personas en situación de discapacidad, los cuales son igual de importantes, para una región, una nación y el mundo entero; dentro de ellas las que por ordenes naturales y que van más allá de la voluntad del ser humano, nacen con una diversidad conocida como síndrome de Down, las cuales al igual que todos los seres humanos tienen derechos y gozan de facultades que no solo les otorga la ley sino que tienen y que deben ser reconocidos por todos los seres humanos.

Este proyecto pedagógico socio jurídico, se realizara con el fin de presentar los orígenes de esta discapacidad mental, sus características, los comportamientos, y los derechos de un síndrome de Down, pero principalmente relacionar con el objetivo general de este proyecto, establecer la implementación de la Ley 1145 de 2007 tanto en las entidades que prestan un servicio privado, como a nivel general dentro de la ciudad de Pasto, en el periodo 2008-2010; a través del estudio se investigara entidades públicas como el 1CEHANI en Pasto (Nariño), y entidades privadas como 2FIDES a nivel de Colombia y 3ASDOWN que sirvan de referencia para determinar si la implementación de la ley cumple los objetivos del Estado y por ende si es eficaz.

Con esta investigación además de cambiar el rumbo en materia de proyectos pedagógicos interdisciplinarios, se pretende demostrar que las situaciones que hacen diferencia entre las personas, ya sea por su naturaleza o físicamente, no implican que se tenga que excluir a lo que está llamado a ser diferente, qué es la diversidad la tiene que llevar a incluir a las personas que de una u otra razón nacieron diferentes, y que por su desarrollo físico y motriz piensan distinto, este trabajo es un llamado a la inclusión de las distintas maneras de actuar, de pensar, de vivir, de sentir y de hacer valer los derechos de los demás por encima de las diferencias y las muchas exclusiones..

GLOSARIO
ALUSIÓN: Referencia a una cosa de manera breve y poco precisa cuando se trata otro tema.

ASDOWN: La Asociación Colombiana de Síndrome de Down ASDOWN Colombia es una asociación de padres que busca asegurar una vida digna a las personas con Síndrome de Down.

CEHANI : Empresa Social del Estado, se inició como entidad de derecho privado en San Juan de Pasto (Nariño), en el mes de marzo de 1970 con el nombre de CENTRO DE EDUCACION ESPECIAL, fundado por la Fonoaudióloga MARIA ISABEL ARROYO DE FIJTEN y un grupo de colaboradores.

El "CEHANI" se ha orientado con criterios científicos, técnicos y humanitarios, tomando como base para nuestra filosofía el dar cumplimiento a los derechos humanos y derechos del niño.

CENSURABLE: es el poder que ejerce el estado, persona o grupo influyente para prohibir, la difusión a un estadio público, de una noticia, de un libro, de una película o de algún documento, a través y con el cual se pueda atentar contra la estabilidad de la persona o grupo, su subsistencia e incluso directamente contra su existencia.

CONCERTACIÓN: Mecanismo o vertiente de la planeación que permite articular las decisiones de los distintos sectores de acuerdo a prioridades; mediante la concertación se compromete a cada sector responsable, hacia el logro de objetivos definidos para evitar la dispersión de rumbos, proceder con mayor eficacia y rapidez hacia ellos, evaluar resultados y adaptar acciones a las circunstancias cambiantes. También constituye un convenio celebrado por el Ejecutivo Federal a través de sus dependencias y entidades con las representaciones de los grupos sociales o con los particulares para realizar las acciones previstas en el Plan Nacional de Desarrollo y sus programas.

CONSENSO: Consentimiento o acuerdo, especialmente el de todas las personas que componen una corporación, dos o más partidos políticos, un grupo social, etc., en torno a un tema de interés general.

CUTÁNEAS: es un adjetivo que refiere a lo perteneciente o relativo al cutis. Este término (cutis), por su parte, refiere a la piel que cubre el cuerpo de una persona, especialmente aquella que se encuentra en el rostro.

DECOROSO: Honor y respeto que se debe a una persona.
DEGRADACIÓN: Es cuando un elemento pierde algunas de sus características esenciales debido a la acción de otros, ya sea para realizar una acción como una consecuencia de aquella.

También se puede entender como una pérdida de calidad o más bien dicho como la transformación de una calidad " x" o superior en otra menor, producto de una acción sobre ella.

DISCAPACIDAD: A diferencia del concepto de incapaz e incapacitado, no existe en nuestro Ordenamiento una noción perfectamente definida de lo que deba entenderse por discapacitado. El propio término de discapacitado es de reciente acuñación. Hasta hace un par de décadas se hablaba de ‘minusválido’, término que ha ido cediendo terreno en favor del de ‘discapacitado’. Con este cambio terminológico y sobre todo con la mayor atención que se presta a este colectivo gracias a las acciones que se han ido emprendiendo en este campo, se aprecia una mayor sensibilización y concienciación de la sociedad con respecto a los problemas y dificultades que son propios y específicos de quienes padecen una discapacidad.

EMANCIPADOS: La emancipación era, en Derecho romano, el acto de liberación de un esclavo por voluntad de su dueño. Hay que tener en cuenta que en el derecho romano el esclavo no era considerado como persona sino como objeto.

En el derecho contemporáneo, el término se usa específicamente en el sentido de atribución a un menor de edad por parte de sus padres o tutores la totalidad, o la mayor parte de los derechos y facultades civiles, que normalmente conlleva la mayoría de edad. Asimismo, algunas legislaciones conceden la mayoría legal al menor de edad que contrae matrimonio.

EQUIPARACIÓN: Comparar, relacionar una cosa con otra, considerándolas iguales o equivalentes.

ESTEREOTIPO: Un estereotipo es una imagen o idea aceptada comúnmente por un grupo o sociedad, que presenta un carácter inmutable. En sus orígenes, la palabra nombraba a una impresión tomada de un molde de plomo que se utilizaba en la imprenta en lugar del tipo original. Esta aplicación terminó convirtiéndose en una metáfora respecto a un conjunto de ideas preestablecidas que se podían llevar de un lugar a otro sin cambios.

ESTIGMATIZACIÓN: La estigmatización es un acontecimiento / fenómeno paranormal que todos los interesados en los temas paranormales lo suelen relacionar con hechos religiosos

EXCLUSION: situación social de desventaja económica, profesional, política o de estatus social, producida por la dificultad que una persona o grupo tiene para integrarse a algunos de los sistemas de funcionamiento social (integración social).

FIDES: Fides es la fundación para la investigación y desarrollo especial, mas grande del país. Además contamos con las olimpiadas iberoamericanas del deporte especial. Rindiendo sacrificios para la construcción de sueños y metas de personas con discapacidad cognitiva, ofreciendo actividades educativas, culturales y deportivas. Así mismo apoyamos la formación laboral en pro de la creación de oportunidades para todos los Colombianos sin distinción de raza o genero. Promoviendo valores de tolerancia y respeto hacia todos los ciudadanos.

FONOAUDIÓLOGIA: La Fonoaudiología es una profesión que evalúa, diagnostica e interviene en los trastornos de la comunicación humana, así como también en la comunicación humana normal que busca optimizar su uso.

GUTURAL: Voz gutural hace referencia a los sonidos graves y desgarradores, similares a los producidos por algunos animales.

HIPOTONÍA: disminución del tono muscular.

INDEFENSIÓN: La indefensión es un concepto jurídico indeterminado referido a aquella situación procesal en la que la parte se ve limitada o despojada por el órgano jurisdiccional de los medios de defensa que le corresponden en el desarrollo del proceso.

INJERENCIA: La injerencia humanitaria es la intervención en un Estado soberano por uno o varios Estados u organizaciones internacionales, mediante la fuerza armada y sin su consentimiento, con el objetivo de proporcionar a la población civil protección ante la violación masiva y sistemática de sus derechos humanos o bien ante situaciones de emergencia derivadas de una guerra civil, de hambrunas o genocidio, entre otras causas.

INSTANCIAS: Por instancia, en Derecho procesal, se entiende cada uno de los grados jurisdiccionales en que se pueden conocer y resolver los diversos asuntos sometidos a los tribunales de justicia.

INTERACCIONES: La interacción es una acción recíproca entre dos o más objetos, sustancias, personas o agentes.

MONGOLICO: Con síndrome de down o nacido en mongolia.

OBLICUOS: está en una posición media entre la vertical y la horizontal

PARADIGMAS: puede indicar el concepto de esquema formal de organización, y ser utilizado como sinónimo de marco teórico o conjunto de teorías.

PERSPECTIVA: conjunto de circunstancias que rodean al observador, y que influyen en su percepción o en su juicio.

SINDROME DE DOWN: la condición donde un material genético adicional ocasiona una forma diferente y anormal en la que un niño(a) se desarrolla mentalmente y físicamente. Esta condición afecta a 1 de cada 800 bebés.

TRISOMICOS: es la existencia de un cromosoma extra en un organismo diploide: en vez de un par homólogo de cromosomas es un triplete (2n + 1 cromosomas).
Título I

DISCAPACIDAD

Capítulo I

DE LA DISCAPACIDAD EN COLOMBIA
“Durante muchos años la atención de la población en condición de discapacidad estuvo contextualizada desde la caridad; se entendía como un favor o una ayuda que se daba de buena voluntad a las personas que “para su desdicha” habían nacido o adquirido una condición de discapacidad, termino el cual no utilizaremos, ya que esta condición no implica exclusión, sino que debe tomarse con otra perspectiva, la que nos hace ver lo diverso y no lo censurable. Hoy en día por el contrario, es una cuestión de derechos, que va ligada al respeto que las personas en condición de “discapacidad” merecen como cualquier otro ciudadano. Por lo tanto, conocer la normatividad permite gestionar cambios desde los derechos y no como favor.
La historia nos muestra que el concepto de discapacidad ha evolucionado de acuerdo con los imaginarios y actitudes de las diferentes sociedades y culturas a través del tiempo. Dichos imaginarios y actitudes en relación con las personas en situación de diversidad, se han caracterizado por una vulneración sistemática de sus derechos humanos, esto es: esclavitud, burla, asesinatos, estigmatización, exclusión de diversos escenarios, rechazo, etc.
Se denota cómo estos imaginarios y prácticas aún coexisten y sobreviven en nuestra sociedad colombiana, y por supuesto la ciudad de Pasto no es la excepción, practicas que se sucintan en el ámbito académico, dicho de otra manera al interior de muchas escuelas. Algunas de las condiciones que irrespetan los derechos al interior del entorno educativo son: la negación del acceso a la escuela, la educación de dudosa calidad, el irrespeto al estatus de edad, el rechazo o negación a la flexibilización curricular y las didácticas y currículos flexibles, la terminación anticipada de la vida escolar para reemplazarla por la vida laboral, el desconocimiento de las condiciones de vida de los estudiantes que pasan año tras año por las aulas sin ningún avance, el pasar por encima de su derecho a la autodeterminación, y el generar ambientes hostiles que terminan por excluirlos del contexto escolar.

La transformación hacia el enfoque de los derechos partió de una nueva concepción de la Discapacidad como un fenómeno multidimensional, dinámico y cambiante, que no se ubica en el cuerpo de un individuo sino en la relación del individuo con su entorno.

Durante muchos años y hasta fechas recientes, era impensable que una persona con síndrome de Down pudiese aprender a leer y escribir. Alguien asumió el reto de enseñarles y hoy una gran cantidad de personas con síndrome de Down aprenden a leer y a escribir, tal es el caso del español Juan Pablo pineda4, que le demostró al mundo entero que un Síndrome de Down puede desarrollar niveles intelectuales muy altos, al obtener un título universitario y una capacidad motora extraordinaria de forma comprensiva. Esto muestra cómo las oportunidades y los entornos pueden determinar el desarrollo de la persona, o pueden truncar su proyecto de vida.

Además se requiere que las acciones que se dan en Colombia en el plano político y práctico, vayan más allá del modelo médico o individual, en el que se encuentran enmarcadas, evolucionando hacia una comprensión que tenga presente la interacción del individuo con su entorno. Esto puede orientar unas respuestas más eficientes en relación con las personas en situación de discapacidad”5.
Después de la constitución política de 1991, en Colombia, se ha venido construyendo y consolidando todo un marco jurídico que busca proteger a la población discapacitada, que se puede comprender mejor desde lo diverso.
Para empezar a comentar sobre el análisis de la ley 1145 del 2007, frente al Síndrome de Down en la ciudad de Pasto se hizo necesario dar un referente sobre el Sistema Nacional de Discapacidad (SND), que es el tema que regula y hace alusión al conjunto de orientaciones, normas, actividades, recursos, programas e instituciones que permiten la puesta en marcha de los principios generales de la discapacidad contenidos en la Ley 1145 del 2007.

Las normas consagradas en esta Ley, tienen por objeto impulsar la formulación e implementación de la política estatal en discapacidad, en forma coordinada entre las entidades públicas del orden nacional, regional y local, las organizaciones de personas con y en situación de discapacidad y la sociedad civil, con el fin de promocionar y garantizar sus derechos fundamentales, en el marco de los Derechos Humanos.
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