Programa de Formación 14




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Asociación para el Cuidado de la Infancia


INDICE PAG
Introducción 2


  1. ¿Quiénes somos?

  2. ¿Dónde estamos?

  3. ACI España. Nuestros datos de contacto


Adopciones en Filipinas 5


  1. Adopción simple

  2. Requisitos exigidos

  3. Proceso de adopción


Documentación necesaria para la tramitación de un expediente de adopción 9
Presupuesto para la tramitación de un expediente de adopción en Filipinas 13
Programa de Formación 14
Teléfonos de interés y anexos de documentación 17


  1. Formularios nº 1 y 2 ICAB.

  2. Anexo 2. Cuestionario personal ICAB.

  3. Anexo 3. Modelo de certificado de ingresos para personas que trabajan por cuenta ajena.

  4. Anexo 4. Modelo de certificado de ingresos para personas que trabajan por cuenta propia.

  5. Anexo 5. Modelo de certificado de ingresos para personas sin empleo que se dediquen a la atención de su familia y hogar.

  6. Anexo 6. Informe financiero y de propiedad.

  7. Anexo 7. Carta de aceptación del tutor o tutores.

  8. Anexo 8. Certificado médico. Aclaraciones.

  9. Anexo 9. Modelo de carta de recomendación.

  10. Anexo 10. Check list.


INTRODUCCION
1. ¿Quiénes somos?

ACI es una Entidad Colaboradora en Adopción Internacional (ECAI) española acreditada por el Inter Country Adoption Board (ICAB) filipino el día 4 de septiembre de 2003. Está integrada por un grupo de profesionales con acreditada experiencia y conocimientos en procesos de adopción internacional, que decidieron agruparse con el propósito de ayudar a niños/as y adolescentes en situación de desamparo y abandono, para ofrecerles la oportunidad de acceder a un hogar donde les sea facilitado el cuidado que necesitan.

Cuenta con personal especializado tanto en España como en Filipinas, lo que facilita la gestión directa de los expedientes de adopción y, fundamentalmente, agiliza la resolución de problemas sin necesidad de salir del país de origen de los menores. Dispone de un equipo de traductores y ofrece a las familias que deciden afrontar un proceso de adopción internacional, un servicio de información, apoyo, seguimiento y atención de cada expediente, totalmente personalizado.

2. ¿Dónde estamos?

ACI CENTRAL (MADRID). Calle Menéndez Pelayo, nº 6, 1º, 28009 Madrid.

Teléfonos: 915783675 y 915783017. Fax: 915765744

Página WEB: www.aciadopcion.org

Correo electrónico:

Para información sobre tramitación acinformacion@aciadopcion.org

Para información psicosocial acipsicosocial@aciadopcion.org
ACI ANDALUCIA. Calle Trastamara, nº 23, 1º B, 41001 Sevilla.

Teléfono: 9544561659. Fax: 954501346.

Página WEB: www.aciadopcion.org

Correo electrónico: aciandalucia@aciadopcion.org
ACI ARAGON. Calle Don Jaime I, nº 19, entreplanta, 50003 Zaragoza.

Teléfono: 976295639. Fax: 976295645.

Página WEB: www.aciadopcion.org

Correo electrónico: aciaragon@aciadopcion.org

ACI CANARIAS. Calle Doctor Juan de Padilla, nº 46 bajo, 35002 Las Palmas.

Teléfono: 928431727. Fax: 928431785.

Página WEB: www.aciadopcion.org

Correo electrónico: acicanarias@aciadopcion.org
ACI CASTILLA LA MANCHA. Avenida Plaza de los Toros, nº 6, 1º N, 45003 Toledo.

Teléfono: 925226224 / 615578553.

Página WEB: www.aciadopcion.org

Correo electrónico: acicastillalamancha@yahoo.es / acicastillalamancha@aciadopcion.org
ACI CASTILLA Y LEON C/ Duque de la Victoria, nº 3, 1º Centro. 47001 Valladolid

Teléfono: 983114406 / 656984658.

Página WEB: www.aciadopcion.org

Correo electrónico: acicastillaleon@yahoo.es / acicastillaleon@aciadopcion.org
ACI EXTREMADURA. Calle Cervantes, nº 9 A, 1º, 06300 Zafra. Badajoz.

Teléfono: 924554554. Fax: 924551391.

Página WEB: www.aciadopcion.org

Correo electrónico: aciextremadura@aciadopcion.org
ACI GALICIA. Calle Angel, nº 2, 2º, 15002 A Coruña.

Teléfonos: 981217723-24. Fax: 981217726.

Página WEB: www.aciadopcion.org

Correo electrónico: acigalicia@aciadopcion.org
ACI LA RIOJA. Calle Bretón de los Herreros, nº 44, 1º izda, 26001 Logroño.

Teléfono: 976295639.

Página WEB: www.aciadopcion.org

Correo electrónico: aciaragon@aciadopcion.org
ACI NAVARRA. Calle Hermanos Imaz, nº 2, entreplanta, 31002 Pamplona.

Teléfono: 948210912. Fax: 948222989.

Página WEB: www.aciadopcion.org

Correo electrónico: acinavarra@aciadopcion.org
ACI PAIS VASCO. Calle Aretxabaleta, nº 6, 1º, 48010 Bilbao.

Teléfono: 944434433. Fax: 944211416.

Página WEB: www.aciadopcion.org

Correo electrónico: mariareig@reig-beamonte.com

ACI VALENCIA. Calle Poeta Alberola, nº 16, 1º-2, 46018 Valencia.

Teléfono y fax: 963853226.

Página WEB: www.aciadopcion.org Correo electrónico: marialuisa.aci@ono.com
3. ACI ESPAÑA
El equipo de ACI está compuesto por los siguientes profesionales:


  • Equipo directivo: Blanca Rudilla Asensio. Directora.

Mario del Olmo Extremeño. Recursos Humanos.

Sandra García Segovia. Coordinadora.


  • Delegados: Juan Manuel León Peña. Andalucía.

Lourdes Soler Ascaso. Aragón, La Rioja y Navarra.

Carmen N. Sánchez Domínguez. Canarias (representante).

Lorena Morales Porro. Castilla la Mancha (representante).

Montserrat Rosas Menaya. Extremadura.

Laura Novoa Lago. Galicia (representante).

María Reig Gurrea. País Vasco.

Mª Luisa Anguix Saez. Valencia.


  • Equipo de administración: Raquel Cardenal Miralles. Coordinadora.

(ACI Central) Vanessa García Corrochano.

Ana Mª Tapia García.

Mª del Carmen Martínez Torresano

Sergio Vázquez Benítez

(Cada Delegación cuenta con su propio equipo de

administración).


  • Equipo psicosocial: Esther Herranz Miranda. Coordinadora.

Olivia Bajo Iglesias.

Patricia Ruiz Moral.

Carmen Pilar Gaudo Navarro.

Cristina Marcos López de Carrizosa.

Cristina Coronado Sierra.



  • Relaciones internacionales: Liu Lan.




  • Equipo de ACI en Manila: Coordinado por Sra. Lita Alegre.



ADOPCIONES EN LA REPÚBLICA DE FILIPINAS




1. Adopción simple.
El expediente de adopción internacional se presenta y tramita ante el Intercountry Adoption Board (ICAB), único organismo competente en Filipinas para la resolución de procesos de adopción. El menor llega a España en acogimiento preadoptivo y tras un período de adaptación y la realización de tres informes de seguimiento que son remitidos al ICAB, éste certifica la finalización del procedo adoptivo. Mediante un procedimiento judicial en España, se otorga la adopción plena.

2. REQUISITOS EXIGIDOS


  • Edad: 27 años y por lo menos dieciséis años más que el niño objeto de la solicitud. La máxima diferencia de edad entre el adoptante y el adoptado será de 45 años.

  • Matrimonios. Los matrimonios han de ser estables, compuestos por hombre y mujer, con una duración mínima de tres años. El ICAB admite solicitudes de matrimonios con una duración de un año que puedan demostrar convivencia anterior (tres años). En caso de divorcio de cualquier miembro del matrimonio, la duración mínima es de cinco años.

  • Familias monoparentales, el ICAB ha comunicado que sólo les serán asignados menores considerados de “necesidades especiales”. Entendiendo éstos como mayores de cinco años, niños con algún tipo de necesidad especial, minusvalía o grupos de hermanos.

  • Capacidad de obrar y de asumir los derechos y responsabilidades inherentes a la autoridad parental y haber recibido el asesoramiento adecuado.

  • No haber sido condenado por un delito que implique una conducta inmoral.

  • Capacidad de proporcionar asistencia y manutención adecuadas y de transmitir los valores morales y el ejemplo necesario.

  • Estar decidido a defender los derechos básicos del niño consagrados en la legislación Filipina, en la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño y el Convenio de la Haya y cumplir las normas y reglamentos de la disposiciones de la Ley de Adopción Internacional Filipina (RA 8043).

  • Proceder de un país con el que Filipinas mantenga relaciones diplomáticas, cuya Administración Pública cuente con un organismo acreditado y autorizado similar y cuya legislación nacional permita la adopción.

  • Cumplir todos los requisitos y no tener ninguno de los impedimentos previstos en la ley de Adopción Internacional Filipina y en la demás legislación filipina aplicable.


Otros aspectos a tener en cuenta:




  • Filipinas es un país mayoritariamente católico y donde la religión tiene aún un peso crucial en la sociedad, la política y las instituciones. La mayoría de los centros de protección de menores (exceptuando los públicos) son gestionados por órdenes religiosas que consideran que el menor, criado en la religión católica, debe proseguir su desarrollo en una familia que profese las mismas creencias.

  • Rango de edad del menor. Los parámetros que considera el ICAB filipino son:

    • El rango de edad del menor solicitado debe contar con un margen de al menos dos años para facilitar mayor flexibilidad a la hora de asignar.

    • Filipinas considera, en la mayoría de los casos, a la mujer como cuidador principal en la familia (a no ser que en los informes psicosociales se refiera lo contrario y figure el marido como tal). Es, por tanto, la edad del cuidador principal la que se toma como referencia.

    • Si existen hijos previos, se considera que tiene que haber una diferencia de al menos dos años respecto al último hijo ya existente, a no ser que en el certificado de idoneidad se establezca que el menor a asignar puede tener una edad superior a los hijos previos.

  • Si se trata de un segundo matrimonio y, por tanto, uno de los miembros de la pareja o ambos estuvieron casados con anterioridad, es necesario explicar en detalle el por qué de la ruptura y la adaptación posterior. Si existen hijos del matrimonio previo, es importante destacar como se han reorganizado las relaciones familiares, si existen, son fluidas o inexistentes.

  • Salud: Los filipinos son muy rigurosos en el tema de la salud de las familias adoptantes y exigen datos claros y concisos del estado médico de los solicitantes.


3. Proceso de adopción.


  • Obtención del Certificado de Idoneidad y elección de ACI como ECAI.




  • Recopilación (por parte de las familias) de la documentación exigida por el ICAB para la tramitación del expediente de adopción.




  • Legalización y traducción jurada (al inglés) de la documentación. Remisión del expediente al representante de ACI en Filipinas, quien, una vez comprobada la documentación, presentará el expediente en el ICAB.




  • El expediente de los solicitantes será examinado y estudiado para su aprobación o denegación en un plazo aproximado de dos a cuatro meses. Si es autorizado, pasa a formar parte del “roster” o lista de solicitudes aprobadas a la espera de recibir asignación. En caso de denegación, el ICAB fundamentará el por qué de la misma.




  • Matching o asignación de un menor a una familia. Los trabajadores sociales de los centros donde residen los menores en disponibilidad de adopción estudian los expedientes de las familias pendientes de asignación que forman parte del “roster”, eligen al menos cinco cuyas solicitudes se ajusten al perfil del menor susceptible de adoptar y, de entre ellas, las dos que consideren mejores indicando, de entre ambas, la primera opción.

Si la asignación del menor no fuera aceptada por la primera familia seleccionada, ésta pasa automáticamente a la que fue elegida como segunda opción.


  • Preasignación del menor por parte del ICAB, junto con su fotografía y el certificado médico. Traducción y remisión al Instituto Madrileño del Menor y la Familia (IMMF) para su visto bueno.




  • Recibida la conformidad del IMMF a la preasignación realizada, se informará de la misma a los adoptantes, quienes deberán aceptar o rechazar la propuesta.




  • La preasignación firmada por los adoptantes se remitirá, a través de ACI, al ICAB: si ésta es aceptada, el ICAB emite el “Placement Authority” necesario para la preparación del pasaporte y resto de documentación del menor. Si la preasignación no es aceptada, la familia deberá motivar su rechazo y esperar contestación por parte del ICAB.



  • Preparación y organización del viaje a Filipinas. La familia deberá recoger personalmente al menor en Filipinas en un plazo de 20 días contados a partir del momento en que se les comunica que la documentación y visado de salida del menor están preparados. La no recogida injustificada del menor en ese plazo, podría dar lugar a la cancelación automática del Placement Authority. Viaje y recogida del menor.




  • Periodo de Custodia de prueba o “Trial Custody”. Los menores filipinos no llegan a España en adopción sino en acogimiento preadoptivo o adopción simple. El ICAB entrega en Filipinas a la familia, mediante la firma de determinados documentos, la custodia del menor por un periodo de seis meses que entienden de prueba. Durante este plazo las ECAIs deben realizar un seguimiento postadoptivo en relación a su desarrollo e integración familiar. Los informes de seguimiento se remiten al ICAB.




  • Una vez, a través de los informes de seguimiento, el ICAB comprueba que el proceso de adaptación e integración del menor se desarrolla correctamente, el Department of Social Welfare and Development (DSWD) emite y el ICAB envía, el consentimiento para la adopción judicial del menor (“affidávit) en España.




  • Tras el oportuno procedimiento judicial, la familia obtiene la resolución de adopción definitiva en España. Ésta debe remitirse al ICAB que con su recepción dará por cerrado el expediente. Una vez cerrado el expediente ACI procederá al la liquidación económica del mismo.


Tiempo de estancia en Filipinas: Diez días.
Tiempo de espera: A partir de la fecha en que el ICAB apruebe la solicitud (entre 2-4 meses aproximadamente), el período de espera, para recibir la preasignación, es actualmente de 18 a 24 meses, teniendo en cuenta que cada expediente tiene un tiempo de resolución diferente dependiendo de las características de la familia y del menor solicitado (en el caso de niñas, los procesos suelen ser habitualmente más largos). Además los matrimonios tienen prioridad sobre las familias monoparentales.
Edad de los niños a adoptar: Desde los 10 meses a los 15 años. Solamente se podrán adoptar niños que superen esta edad si forman parte de un grupo de hermanos en los que al menos uno o más, son menores. El ICAB no recomienda la solicitud de “niñas” en el rango de edad 0-2 años y aconseja que se solicite “sexo indiferente”.
DOCUMENTACION NECESARIA PARA LA TRAMITACION DE UN EXPEDIENTE DE ADOPCION




Para el ICAB, todos los documentos solicitados tienen una validez de un año desde la fecha de expedición hasta la fecha de presentación del expediente, excepto los certificados médicos que tienen una validez de seis meses, desde la fecha del examen médico y analíticas, y los certificados de antecedentes penales, tres meses.
1.- Certificado de Idoneidad e Informes Psicosociales. Estos documentos son entregados a ACI directamente por los Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma correspondiente y serán legalizados y traducidos por interprete jurado español-ingles.
2.- Solicitud de adopción internacional. Formulario nº 1 “Declaración de los solicitantes” y Formulario nº 2 “Información y Datos personales de los solicitantes” (anexo 1). Las firmas de los solicitantes deben ser reconocidas ante Notario Público colegiado. ACI se encargará de terminar su proceso de legalización y la traducción jurada español-inglés.
3.- Cuestionario personal. Anexo 2. Las firmas de los solicitantes deben ser reconocidas ante Notario colegiado. Posteriormente ACI terminará su proceso de legalización y traducción jurada español-ingles.
4.- Certificado internacional (o plurilingüe) de nacimiento de ambos cónyuges, en el caso de pareja, o de la persona soltera que vaya a adoptar, expedido por el Registro Civil al que pertenezca el lugar en el que se ha nacido.
5.- Certificado internacional (o plurilingüe) de matrimonio, para parejas.

Fe de Vida y Estado, para personas solteras.

Fe de Vida y Estado y certificado literal o internacional de defunción del cónyuge, para personas viudas.

Fe de Vida y Estado y certificado literal o internacional de matrimonio con la inscripción marginal del divorcio, para personas divorciadas.
Cualquiera de estos Certificados deberá ser expedido por el Registro Civil al que pertenezca el lugar en el que está inscrito el matrimonio, en el caso de parejas; al que pertenezca el lugar en el que resida el solicitante, en caso de personas solteras, viudas o divorciadas; al que pertenezca el lugar en el que está inscrita la defunción, en caso de personas viudas o al que pertenezca el lugar en el que está inscrito el divorcio, en caso de personas divorciadas.



6.- Certificados de Ingresos económicos. Este documento consta, a su vez, de dos documentos, un Certificado de ingresos propiamente dicho y un Certificado financiero de activos familiares (certificado de propiedades).
6.1.- Certificado de ingresos: Se deberá consignar profesión, categoría profesional, cargo, antigüedad, tipo de relación laboral (indefinida, eventual, funcionario, etc), los ingresos brutos anuales (en euros y dólares) y la perspectiva de continuidad en el trabajo.


  • En el caso de Trabajador por cuenta ajena (anexo 3): El Certificado de Haberes deberá ser expedido por la Empresa para la que presten sus servicios el/los solicitante/es siguiendo las instrucciones detalladas en el párrafo anterior.

  • En el caso de ser Trabajador por cuenta propia (autónomos) (anexo 4): El certificado de haberes deberá ser expedido por un contable, gestor, asesor fiscal o abogado siguiendo las instrucciones detalladas en el primer párrafo.

  • En el caso de Trabajador en Empresa pública, Administración o Ministerio. El certificado de haberes deberá ser expedido por la Autoridad competente siguiendo, si es posible, las instrucciones detalladas en el primer párrafo.

  • En el caso de que los solicitantes de adopción no tengan empleo. Deberán obtener un certificado del INEM o Seguridad Social si perciben ingresos. En caso de no percibirlos deben realizar una Declaración Notarial (anexo 5), indicando su estado de desempleado, si poseen o no ingresos económicos y su procedencia y si poseen algún proyecto de empleo en el futuro.

  • En el caso de que los solicitantes de adopción estén jubilados. Deberán presentar un Certificado de la Administración pública correspondiente o una Declaración Notarial, indicando su condición de jubilado, fecha de la jubilación, motivo de la jubilación, ingresos anuales en euros percibidos antes y después de la jubilación.


En todos los casos es imprescindible legalizar las firmas del Certificado de ingresos.
En el caso de trabajador por cuenta ajena y por cuenta propia, es necesario el reconocimiento, ante Notario Público, de la firma de la persona/as que firman el Certificado de ingresos. Para ello existen dos opciones:


  • Que la persona firmante del documento legalice la firma correspondiente en un Notario propio y entregue a los solicitantes el documento con la firma ya reconocida.

  • Realizar una fotocopia compulsada del Certificado ante Notario. El Notario consignará que es copia fiel del original exhibido.


En el caso de desempleado o jubilado (si prefiere hacer Declaración Notarial). La Declaración notarial deberá realizarse ante Notario Público y proceder al reconocimiento de la firma del declarante/es.
Esta legalización, en cualquiera de sus opciones, deberá ser realizada por el/los solicitante/es.
6.2.- Certificado financiero de activos familiares o de propiedades (anexo 6):
Informe financiero. Este documento debe ser rellenado por el/los solicitante/es, quiénes deberán reconocer su firma ante Notario. En el documento se refiere “año actual” y “año pasado”, se considera año actual al año natural terminado y año pasado al inmediatamente anterior. Este documento debe ser rellenado en euros y dólares, especificando el cambio aplicado. Posteriormente ACI terminará su proceso de legalización y traducción jurada español-ingles.
7.- Consentimiento a la adopción, por escrito, de los hijos mayores de 10 años, ya sean hijos biológicos o adoptados. Si las cartas son manuscritas, por favor, con letra legible dado que luego es necesario hacer la traducción jurada español-inglés.
8.- Carta de Aceptación del tutor o tutores (anexo 7). Siguiendo instrucciones del ICAB filipino se recomienda que los tutores no sean excesivamente mayores y que su situación económica y familiar sea estable. En el caso de familias monoparentales es conveniente presentar dos cartas de tutores, de familiares y no familiares.
9.- Certificado médico.
Certificado médico oficial. Deberá ser realizado en impreso oficial por un médico colegiado, debe constar que "no se padece enfermedad infecto-contagiosa, ni defecto físico o psíquico que dificulte el cuidado de un menor". ACI terminará su proceso de legalización y traducción jurada español-ingles.
Anexo 8. Deberá ser rellenado por el mismo médico que realice el Certificado Médico oficial siguiendo el modelo.
10.- Certificado antecedentes penales. Serán solicitados por el/los solicitante/es en el Ministerio de Justicia (es necesario que esté legalizado para un expediente de adopción internacional). ACI terminará su proceso de legalización y traducción por intérprete jurado español-inglés.



11.- Cartas de recomendación. Anexo 9. Es necesario presentar, al menos, tres cartas de recomendación de las siguientes personas que conozcan al solicitante/es durante un mínimo de cinco años: párroco, jefe profesional y amigo.
El ICAB considera positivamente cualquier otra carta, documento, etc., que certifique que la familia pertenece a organizaciones humanitarias, no gubernamentales, religiosas o civiles, asociaciones, etc. Asimismo cualquier documento que certifique donaciones o apoyo económico a las mismas.
12.- Dos fotocopias color del pasaporte en vigor (página de los datos personales, es necesario que sean tamaño folio y no estén recortadas) y tres fotografías, tamaño carnet. Reportaje fotográfico (aproximadamente doce fotos) del entorno familiar y social de la familia, así como de la vivienda habitual. Estas fotografías deben ir en folios, pegadas o escaneadas e impresas en color, y debajo de cada una, su leyenda correspondiente, escueta y con letra clara, en tamaño 10x15 (el habitual).

13.- Check list. Anexo 10. Las firmas de los solicitantes deben ir reconocidas ante Notario público colegiado. ACI terminará su proceso de legalización y traducción jurada español-ingles.


PRESUPUESTO DE EXPEDIENTE DE ADOPCION EN FILIPINAS:

Gastos ACI (indirectos y formación) 2.209’00 €

Gastos directos 6.380’00 €

EXPEDIENTE ADOPCION 8.589’00 €
Informes de seguimiento 510’00 €

TOTAL EXPEDIENTE 9.099’00 €

(*) Detalle de los gastos directos
Traducción 1.000’00 €

Legalizaciones 500’00 €

Mensajería 150’00 €

Tasas ICAB presentación expediente 200’00 $

Gtos. Vigilancia del expediente (coste representante) 1.500’00 $

Donativo orfanato 1.000’00 $

Expedición documentación del menor 2.000’00 $

Tasas expedición documentación 30’00 $
Cualquier fluctuación de la moneda que suponga una variación en este presupuesto se regularizará tras la finalización del expediente de adopción.
 

El viaje de recogida del menor a Filipinas será preparado por ACI y el importe correspondiente se presentará a las familias en el momento oportuno.
FILIPINAS. Condiciones de pago.
EL COSTE TOTAL de la tramitación del expediente (remuneración de la entidad y provisión de fondos, que incluirá los costes de los seguimientos futuros) asciende a la cantidad de NUEVE MIL NOVENTA Y NUEVE EUROS (9.099’00 €).
Según lo establecido por el Decreto 62/2003, se fraccionarán los pagos y provisiones de fondos del modo siguiente:


  1. Inicio: A la firma del contrato de mediación y mediante transferencia bancaria a una cuenta en un plazo de 48 horas a partir de la firma del presente contrato, se abonará la cantidad de CUATRO MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y SEIS EUROS (4.556 €), correspondiente al 40% de la remuneración de la Entidad y una provisión de fondos para los gastos que se produzcan hasta la preasignación.


.


  1. Aceptación de la preasignación: se abonará la cantidad correspondiente a TRES MIL TRESCIENTOS SETENTA CON TREINTA EUROS (3.370.3 €) correspondiente al 30 % de la remuneración de la Entidad y una provisión de fondos para los gastos que se produzcan hasta la recogida del menor



  1. A la llegada a España de los solicitantes tras el viaje al país de origen del menor a recogerle en un plazo de 10 días: se abonará la cantidad de SEISCIENTOS SESENTA Y DOS CON SETENTA EUROS (662,7 €), importe correspondiente al 30 % de la remuneración de la Entidad




  1. El resto habrá de ser pagado por los solicitantes en Filipinas durante el viaje de recogida. ACI realizará la liquidación correspondiente de la provisión recibida al inicio de la tramitación.




  1. Fin del expediente: Provisión de fondos de Quinientos diez euros (510 €) si estos se realizan a través de ACI, para los gastos correspondientes a la realización, envío y traducción de los informes de seguimiento postadoptivos durante los 6 primeros meses, debiendo realizarse uno cada 2 meses, como así lo exige el ICAB. Estos informes de seguimiento se podrán realizar, de manera voluntaria por parte de la familia, también a través de la Entidad Pública, en este caso la realización de los mismos son gratuitos para las familias, no cubriendo costes de traducción, legalización y envío al país, que a esa entidad colaboradora le suponga, valorándose estos en 240 euros.



PROGRAMA DE FORMACION
Entrevista informativa. Reunión informativa con ACI, en la que se informará a los solicitantes de los requisitos, proceso de adopción y presupuesto de ACI, en relación a la tramitación de expedientes de adopción internacional en la República Popular de China.
Reuniones formativas. Se desarrollarán a lo largo del proceso de tramitación del expediente de adopción.
1º Tema.

País de origen del menor: Filipinas.

El objetivo perseguido en está reunión es que las familias se acerquen a la cultura de origen de las menores a adoptar, para así poder ayudar a sus hijos a querer y respetar su país y cultura de origen como parte importante de su identidad.
Se exponen nociones geográficas, historia, población, el papel de la mujer, política de natalidad, familia, religión, idioma, escritura, gastronomía, climatología, fiestas tradicionales, moneda, bibliografía, etc.
2º Tema.

Psicología del desarrollo.

En esta reunión el objetivo fundamental es reflexionar acerca de las diferencias que existen entre el entorno familiar, que proporciona los cuidados y atenciones necesarios para favorecer el desarrollo evolutivo de un niño/a, en contraposición con las carencias que puede implicar un entorno institucional. Se analizan estas carencias (físicas, afectivas y de estimulación) para ver hasta que punto pueden ser determinantes en el posterior desarrollo de los/as niños/as, dando pautas de actuación para paliar los retrasos evolutivos que pudieran implicar.
Los temas tratados son:

  • Necesidades de la infancia: físico-biológicas, cognitivas, emocionales y sociales.

  • La familia: funciones y características esenciales.

  • Instituciones. Características.

  • Psicología del desarrollo: niveles cognitivo, emocional y social.

  • El Apego: desarrollo, etapas y dificultades en su establecimiento.


3º Tema.

El encuentro con el niño.

En esta reunión se trata de ofrecer a las familias un marco real sobre cómo puede producirse el momento de encuentro con su hijo/a. Se detallan los diferentes entornos en los que puede darse la entrega de los/as niños/as, así como las posibles reacciones que pueden

darse en los/as menores teniendo en cuenta su edad y situación. El objetivo es que los futuros padres reflexionen acerca de lo diferente que es ese momento para ellos y para los/as niños/as, y que estén preparados para afrontar un posible rechazo inicial.
La adopción es un proceso que requiere una progresiva adaptación a los cambios que se van produciendo, siendo los primeros días fundamentales en el posterior conocimiento e integración. Se trata de reflexionar sobre los sucesivos cambios y etapas que se producen ante la necesidad de crear nuevos vínculos afectivos y establecer hábitos distintos a los ya instaurados.
4º Tema.

Integración, socialización y respuesta a las necesidades y preguntas del niño adoptivo.
Los temas a tratar son todos aquellos que abarcan el recorrido desde la llegada a España hasta la adolescencia:

  • La llegada al aeropuerto de Barajas en Madrid.

  • Pautas de las primeras visitas por parte de los familiares y amigos.

  • Las diferentes etapas de adaptación tanto por parte del menor como de los padres y demás miembros que vivan en el domicilio familiar en el caso que los hubiera (alteraciones del sueño, comidas, juegos, etc.).

  • Nombre de origen-nuevo nombre.

  • La palabra adopción, cuando hablar, que hablar.

  • Los primeros días en la escuela infantil, así como en el colegio.

  • La influencia de la herencia y el medio.

  • La búsqueda de los orígenes.

  • Pubertad y adolescencia.


5º Tema.

Preparación del viaje de formalización de la adopción.
Esta ultima reunión se realiza unos días antes de viajar a Filipinas.
En la primera parte se ofrece información básica sobre:


  • Alimentación.

  • Somatizaciones más comunes que se pueden dar en los menores, producidas por los diferentes cambios ambientales y adaptativos.

  • Botiquín básico de viaje.


En la segunda parte, se ayuda a las familias en la organización del viaje de recogida de sus hijos/as. Se les comunica el itinerario del viaje que van a realizar: horarios de los vuelos tanto internacionales como nacionales dentro del territorio filipino, hoteles, duración del viaje, gestiones finales de formalización de la adopción, presupuesto del viaje, etc. Se detalla con amplitud el programa que se llevara a cabo una vez que las familias lleguen a Filipinas y también se ofrece a las familias información de interés: costumbres, comportamientos filipinos, restaurantes, mercados, medios de transporte, lugares turísticos, etc.


TELEFONOS DE INTERES
Tribunal Superior de Justicia de:

  • Andalucía: Pza. Nueva. 18014. Granada. Tfno. 958002602.

  • Aragón: C/Coso, 1. 50071. Zaragoza. Tfno. 976208400.

  • Asturias: Plaza Porlier, s/n. 33071. Oviedo. Tfno. 985211996.

  • Baleares: Plaça des Mercat, 12. 07071. Palma de Mallorca. Tfno. 971721239.

  • Canarias: Pza. San Agustín, 6 Vegueta. 35071. Las Palmas de Gran Canaria. Tfno. 928325000.

  • Cantabria: Avda. Pedro San Martín, s/n. 39071. Santander. Tfno. 942357118.

  • Castilla la Mancha: C/San Agustín, 1. 02071. Albacete. Tfno. 967596503.

  • Castilla y León: C/San Juan, 2. 09071 Burgos. Tfno. 947259663.

  • Cataluña: Ps. Lluís Companys, 14-16. 08071. Barcelona. Tfno. 934866183.

  • Comunidad Valenciana: C/Palacio de Justicia, s/n. 46071. Valencia. Tfno. 963878100.

  • Extremadura: Plaza de la Audiencia,1. 10071. Cáceres. Tfno. 927 62 02 01.

  • Galicia: Pza. Galicia, s/n. 15071. La Coruña. Tfno. 981 18 20 54.

  • La Rioja: C/Víctor Pradera, 2. 26071. Logroño. Tfno. 941 29 64 02.

  • Madrid: Gral. Carlos Castaños, 1. 28071. Madrid. Tfno. 91 397 17 55.

  • Murcia: Ronda de Garay, 5. 30071. Murcia. Tfno. 968 22 91 05.

  • Navarra: C/San Roque, 4. 31071. Pamplona. Tfno. 848 42 40 56.

  • País Vasco: C/ Buenos Aires, 6. 48071. Bilbao. Tfno. 94 401 66 53.

Consejo General de Médicos 914317780

Ministerio de Justicia 913904500

Ministerio de Asuntos Exteriores. Servicio de legalizaciones 913791606-08-09

ANEXOS


  • Anexo 1. Formularios nº 1 y 2 ICAB.

  • Anexo 2. Cuestionario personal ICAB.

  • Anexo 3. Modelo de certificado de ingresos para personas que trabajan por cuenta ajena.

  • Anexo 4. Modelo de certificado de ingresos para personas que trabajan por cuenta propia.

  • Anexo 5. Modelo de certificado de ingresos para personas sin empleo que se dediquen a la atención de su familia y hogar.

  • Anexo 6. Informe financiero y de propiedad.

  • Anexo 7. Carta de aceptación del tutor o tutores.

  • Anexo 8. Certificado médico. Aclaraciones.

  • Anexo 9. Modelo de carta de recomendación.

  • Anexo 10. Check list.



ANEXO 1
ICAB Formulario nº1
  1   2   3   4

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