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Página | ![]() ENTRE EL PERDÓN Y EL PAREDÓN: PREGUNTAS Y DILEMAS DE LA JUSTICIA TRANSICIONAL This page intentionally left blank. ENTRE EL PERDÓN Y EL PAREDÓN: PREGUNTAS Y DILEMAS DE LA JUSTICIA TRANSICIONAL COMPILADO POR ANGELIKA RETTBERG Universidad de los Andes Programa de Investigación sobre Construcción de Paz Departamento de Ciencia Política – Facultad de Ciencias Sociales Ediciones Uniandes – Centro de Estudios Socioculturales e Internacionales (CESO) Centro Internacional de Investigciones para el Desarrollo Ottawa • Dakar • El Cairo • Montevideo • Nueva Delhi • Singapur ![]()
Primera edición: Junio 17 de 2005 © Angelika Rettberg © Universidad de Los Andes Facultad de Ciencias Sociales Departamento de Ciencia Política Teléfono: 3394949 – 3394999. Ext: 2609 - 3200 Bogotá D.C., Colombia http://c-politica.uniandes.edu.co Ediciones Uniandes Carrera 1ª. No 19-27. Edificio AU 6 Bogotá D.C., Colombia Teléfono: 3394949- 3394999. Ext: 2133. Fáx: Ext. 2158 http://ediciones.uniandes.edu.co infeduni@uniandes.edu.co ISBN: 958-695-168-5 © Centro Internacional de Investigaciones para el Desarrollo (IDRC) PO Box 8500 Ottawa, Canadá KIG 3H9 http://www.idrc.ca ISBN: 1-55250-190-6 (e-book) Diseño gráfico, preprensa y prensa: Corcas Editores Calle 20 No. 3-19 Este 3419588 Bogotá info@corcaseditores.com Diseño de cubierta: María Mercedes Hernández Impreso en Colombia – Printed in Colombia Todos los derechos reservados. Esta publicación no puede ser reproducida ni en su totalidad ni en sus partes, ni registrada en o transmitida por un sistema de recuperación de información, en ninguna forma ni por ningún medio sea mecánico, fotoquímico, electrónico, magnético, electro-óptico, por fotocopia o cualquier otro, sin el permiso previo por escrito de la editorial. CONTENIDO
PRÓLOGO Colleen Duggan* ¿Qué papel podrían desempeñar las investigaciones sobre justicia cuando un país tiene que lidiar con los problemas cotidianos que generan los desplazamientos poblacionales, la destrucción de la infraestructura y la violación masiva de los derechos humanos? En medio de un inmenso sufrimiento humano y de una inseguridad generalizada, la búsqueda de justicia para las víctimas parecería un concepto abstracto, una ilusión que sólo podría realizarse en un futuro lejano, si es que se logra. Sin embargo, el incremento de las investigaciones y los debates acerca de la búsqueda de mecanismos de justicia transicional demuestra cuan importante pueden ser las investigaciones para enriquecer las políticas públicas y construir un conocimiento que pueda ser usado por la ciudadanía para exigir responsabilidades de parte de los encargados de formular políticas e insistir en que se lleven a cabo procesos transparentes para la construcción de la paz y la gobernabilidad democrática. A diferencia de lo que en general se cree, "justicia transicional" no es sinónimo de "comisión de la verdad y reconciliación". Aunque no exista un modelo único establecido—de hecho un informe reciente de Naciones Unidas advierte que debemos aprender a no recurrir a fórmulas únicas, iguales para todos, y a no importar modelos extranjeros—la justicia transicional se entiende cada vez más como un paradigma jurídico que consta de cuatro mecanismos o componentes: (1) Acciones judiciales contra los autores individuales de crímenes (ya sea por medio de tribunales nacionales o internacionales). (2) La promoción de iniciativas de búsqueda de la verdad para esclarecer abusos pasados y construir la memoria histórica (comisiones de la verdad, entidades investigadoras). (3) La reparación, tanto material, como inmaterial, de las víctimas de violaciones de derechos humanos. * Especialista principal, Programa sobre Paz, Conflicto y Desarrollo, Centro Internacional de Investigaciones para el Desarrollo, IDRC, Canadá. (4) La reforma inmediata de instituciones importantes para la gobernabilidad democrática (incluyendo la investigación de antecedentes, la remoción de los culpables de sus cargos y su exclusión de los puestos públicos). Este libro se fundamenta en las presentaciones y debates sostenidos durante una conferencia sobre justicia transicional que organizó en Bogotá el Programa de Investigación sobre Construcción de Paz del Departamento de Ciencia Política de la Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad de los Andes, con el apoyo del Centro Internacional de Investigaciones para el Desarrollo (IDRC), en noviembre de 2004. Tal como nos lo recuerdan muchos de los autores en este compendio, la expansión de la justicia transicional y la demanda creciente de sus mecanismos requiere adaptaciones a los diferentes contextos locales. Esta "internacionalización" de la justicia transicional es un avance positivo por varias razones. Primero, porque la diversidad de los instrumentos de justicia transicional—comisiones de la verdad, tribunales penales, programas de reparaciones a víctimas, reformas institucionales—permite que las sociedades ya no se sientan obligadas a escoger entre paz o justicia. Afortunadamente, eso quiere decir que el dilema "paz vs. justicia," que propició altos grados de impunidad en muchos países, ha sido finalmente puesto en su lugar correcto. El fortalecimiento del derecho internacional, durante el último medio siglo, ha asegurado que las sociedades víctimas de atrocidades y violaciones permanentes de derechos humanos no tengan que elegir entre paz o justicia. Hoy la decisión es entre cuánta justicia y cuánta paz. Más específicamente: ¿Cuánto de cada una se requiere para garantizar una paz sostenible, para que se reconozca el sufrimiento padecido por las víctimas y se revitalice o fortalezca la democracia? En segundo lugar, al estudiar y comparar la gran variedad de experiencias de justicia transicional en muchos países, desde Sudáfrica hasta Timor Oriental y los países balcánicos, resulta difícil (cuando no imposible) que determinada nación alegue que la complejidad y la larga historia de su conflicto hacen imposible que puedan aprender de las experiencias de otros. Esta es una justificación que se escucha repetidamente a algunos colombianos tanto dentro como fuera del país. Al reunir a expertos nacionales e internacionales, la Universidad de los Andes ha realizado un valioso aporte para facilitar un diálogo académico internacional y ayudar a los colombianos a extraer conocimientos de lo mejor y lo peor de las experiencias conocidas y ponerlas en práctica para la solución del conflicto armado que ha azotado al país en grados diferentes durante más de cincuenta años. Una de las mayores dificultades a la hora de organizar la conferencia así como en la redacción de este libro, fue garantizar que las discusiones sobre Colombia no se centraran exclusivamente en las negociaciones políticas ni en el proceso de desmovilización entablado por la administración del presidente Álvaro Uribe con las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC), la organización paramilitar más grande del país. La Universidad de los Andes y el IDRC entendieron que enfocarse únicamente en el proceso actual con las AUC opacaría, e incluso socavaría, las posibilidades de abordar opciones más allá de la corta lista de temas de negociación entre el gobierno y las AUC. No obstante, éramos conscientes también de que las pasiones que desatan estos debates servirían para desentrañar algunas de las complejidades más particulares de este proceso. Así mismo, evadir la reflexión acera de las relaciones entre la coyuntura nacional y la justicia transicional—que por definición posee un carácter político e influye en las opciones disponibles—reduciría el debate a un ejercicio trivial y tecnocrático. ¿Cuándo deben iniciarse las conversaciones sobre justicia transicional? Aunque el término "transición" sugiere que dichas labores deben analizarse durante las etapas de transición política del conflicto armado o del autoritarismo hacia la paz, las experiencias de muchos países señalan que los análisis de opciones para una justicia transicional deben comenzarse mucho antes del último disparo. Las numerosas disyuntivas y tensiones que rodean a las iniciativas de justicia transicional deben ser analizadas y debatidas con rigor y profundidad; igualmente se deben sopesar todas las opciones. Tanto la sociedad civil como los gobiernos deben establecer los parámetros mínimos; es decir, deben fijar los límites que no se pueden violar durante las negociaciones de paz. De lo contrario, al calor de las negociaciones políticas entre las partes contendientes, las sociedades corren el riesgo de ser ahogadas por "hechos" que pronto se convierten en condiciones inalterables y no negociables durante el transcurso de las conversaciones de paz. El establecimiento de parámetros mínimos basados en obligaciones internacionales es importante para garantizar que las partes del conflicto negocien de buena fe. En algunos de los escritos presentados en este libro, Mark Osiel y otros autores nos advierten que la justicia transicional es una justicia imperfecta que implica alcanzar arreglos aceptables para ambas partes. Otros autores como Catalina Botero y Esteban Restrepo y Rodrigo Uprimny y María Paula Saffon enfatizan que aunque esto sea cierto, eso no quiere decir que la justicia transicional sea una alternativa ligera de la justicia penal. Aunque corresponda a las sociedades decidir las amnistías y los castigos que impondrán, esto no puede producirse en un vacío. Tal como indica Angelika Rettberg, la práctica democrática común de que "la mayoría decide" en votaciones sobre asuntos de justicia transicional puede acarrear determinados problemas para esos procesos. Hay algunas cuestiones, como las relacionadas con las compensaciones u otras formas de resarcimiento a las víctimas de abusos graves de derechos humanos, que implican una obligación para el Estado que sobrepasa los límites de los procesos democráticos nacionales. En este sentido, si fuéramos a señalar alguna insuficiencia en este libro sería lo poco que se tratan las cuestiones relacionadas con las reparaciones a las víctimas. A pesar del animado debate que se estaba adelantando al momento de prepararse este trabajo, las discusiones que realizan los grupos de apoyo a las víctimas, los encargados de formular políticas y otras partes interesadas han estado caracterizadas por una comprensión limitada de los instrumentos legales y recomendaciones de políticas que existen para realizar las reparaciones. Resulta alarmante el hecho de que las discusiones de opciones para el resarcimiento de las víctimas hayan estado ligadas inextricablemente a la amnistía de los perpetradores y a la recuperación de bienes robados o adquiridos ilegalmente, como las tierras de los campesinos y las ganancias obtenidas del tráfico de droga. Por lo tanto, una de las prioridades apremiantes hoy para los colombianos es continuar investigando y discutiendo acerca de políticas y prácticas para realizar programas de reparaciones. La experiencia internacional enseña que la verdadera reparación es la que emana de políticas sin condiciones. Las ideas expresadas anteriormente subrayan la importancia de velar porque las discusiones en torno a la justicia transicional se desarrollen de manera participativa, con la inclusión de todos los actores que intervienen en el conflicto: las víctimas, los perpetradores y los observadores. Para que la justicia transicional tenga algún sentido, los gobiernos no pueden ignorar sus obligaciones legales, éticas y políticas con respecto a sus ciudadanos. Desafortunadamente, existen demasiados ejemplos en que los acuerdos de justicia transicional se negocian a puerta cerrada y entre actores que preferirían ocultar muchas de las prácticas que utilizaron en el periodo de la guerra o de represión. En varias ocasiones, algunos de los autores se preguntan si, y de qué manera, los gobiernos deberían tratar con elementos armados que amenazan con emplear la violencia con el objetivo de lograr concesiones dudosas antes de desmovilizarse y reintegrarse a la vida civil. Obviamente, este dilema no puede tomarse a la ligera; sin embargo, pone de relieve un interrogante que amerita una reflexión seria: ¿Qué tipo de paz duradera y democracia pueden edificarse cuando la mayoría de los ciudadanos respetuosos de la ley son tomados como rehenes de las amenazas de unos cuantos? ¿Cómo entonces podremos hacer avanzar esta agenda? Las numerosas contribuciones incluidas en este libro dan cuenta de los difíciles dilemas y problemas que asedian a las sociedades que tienen que afrontar un pasado de violaciones de derechos humanos. ¿Cuáles deberían ser las preguntas cuyas respuestas guíen procesos de justicia transicional en general, y el caso colombiano en particular? Se me ocurren las cinco preguntas siguientes: ¿Pasa el proceso la prueba de la buena fe? Quienes mejor pueden evaluar esto son los propios ciudadanos, en particular, las víctimas. Aquellos países y exenemigos que participan de buena fe en discusiones sobre verdad, justicia y reparaciones merecen el apoyo de la población. ¿Se reconoce sinceramente el sufrimiento de las víctimas? En otras palabras, ¿el proceso dignificará o menospreciará el sufrimiento de las víctimas? Aunque con frecuencia escuchamos llamados y advertencias sobre los peligros de "abrir heridas del pasado," estas aseveraciones raras veces las hacen las víctimas, sino que generalmente son hechas por los perpetradores o terceros quienes por una razón u otra tienen un gran sentimiento de culpa o están abrumados de recelos de diferentes tipos. ¿Comprende un proceso en que las muchas versiones de la "verdad" puedan ventilarse, discutirse, debatirse y refutarse? Las sociedades deben evitar caer en historias contadas a medias y versiones distorsionadas de las causas históricas, económicas y políticas que dieron lugar al conflicto. Aunque algunos autores en este libro señalan que, con el tiempo, las víctimas y los perpetradores poseen nociones diferentes de lo que es la verdad, existen verdades más profundas que tienen que ver con la estructura histórica y la economía política del conflicto que deben ser entendidas para romper con los ciclos de violencia y crear garantías de salvaguarda. ¿Los instrumentos de la justicia de transición permiten el establecimiento de condiciones mínimas para que los vecinos puedan coexistir? La coexistencia pacífica es un primer paso importante para crear las condiciones morales y éticas que den lugar a la reconciliación a un plazo mayor. La reconciliación no implica necesariamente la imposición de medidas para perdonar y olvidar. Salomón Lerner, de la Comisión de la Verdad y la Reconciliación en Perú, apunta que "el perdón no se impone –nace de la libertad individual". Por último, ¿podrá el proceso crear las condiciones que garanticen que lo que sucedió en el pasado no volverá a ocurrir en el futuro? La prevención es un componente indispensable para la justicia. Desgraciadamente, en muchos casos la reforma institucional—el eslabón esencial entre la transición política y el desarrollo a largo plazo—se desarticula de los objetivos políticos de paz, de justicia y de protección de los derechos humanos. Estas son los interrogantes y retos que enfrentan los países que luchan por alcanzar una paz con justicia. Este libro hace un gran aporte al esclarecimiento de los principales dilemas que tienen ante sí los colombianos y los demás pueblos que guardan la esperanza de poner fin a la violencia y alcanzar una paz duradera. |