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U N I V E R S I D A D N A C I O N A L CANINDEYÚ![]() PROGRAMA DE CRIMINOLOGÍA (1ra. Parte) PRIMER CURSO
LECCIÓN ILa criminología – Etimología. Antecedente, Carácter de esta ciencia que se ocupa de las causas del delito. Definición de la Criminología según Franz Exner. Concepto Edmundo Mazger. Opinión de José Ingenieros. La Criminología y Ciencias que la integran: Antropología Criminal, Sociología Criminal, Psiquiatría Criminal, Estadística Criminal. La Criminalística no forma parte de la Criminología; concepto de Criminalística LECCIÓN IILa Criminología y el Derecho Penal – Independencia del Derecho Penal de la Criminología. El Derecho Penal como Ciencia Jurídica. La Criminología como ciencia causal. Relaciones y diferencias entre la Criminología y el Derecho Penal. Importancia de la Criminología como ciencia auxiliar del Derecho Penal. LECCIÓN IIIMétodos de Criminología – Métodos de las disciplinas naturales. La observación; la observación debe dirigirse a la personalidad del delincuente y al repetición de los hechos delictuosos en la sociedad. El estudio de los casos individuales de delincuentes. La estadística criminal. La estadística suministra datos de los hechos, necesidad de estudiar y explicar los datos estadísticos de los hechos criminales. LECCIÓN IVDivisiones y Contenido de la Criminología – Noción. División primitiva de José Ingenieros: Etiología Criminal Clínica Criminal, y Terapéutica Criminal; crítica. Contenido de la Criminología según Edmundo Mezger: 1°) Concepción antropológica del delito; 2°) Concepción psicopatológica del delito 3°) Concepción biológica del delito; 4°) Concepción sociológica del delito; influjos sociológicos en la producción del delito; 5°) Concepción dinámica del delito; el delito es el producto de la disposición y del medio circundante. La criminología según el Prof. Benigno Di Tulio: bajo la denominación de “ANTROPOLOGÍA CRIMINAL” analiza las causas del delito en: causas bio-sociológicas. LECCIÓN VIdeas del delito y de la pena en los tiempos primitivos. Primer periodo. La venganza privada; discusión. División en individual y colectiva o venganza de sangre. El talión; noción. La composición; origen; concepto. Segundo período. La influencia teocrática. La venganza divina como fundamento del Derecho Penal. El sistema de expiación o retribución como base de la pena. Legislación penal antigua. India, Persia, Egipto, Pueblo Hebreo. El derecho Penal en los pueblos pre - colombinos. Derecho Penal Azteca, Inca y Guaraní. LECCIÓN VIEl Derecho Penal en Grecia. Carácter divino en la primera etapa. La Justicia penal como función soberana del Estado en la segunda etapa. Leyes de Licurgo en Esparta. Legislación de Dracón y Solón en Atenas. Doctrina penal de los filósofos. Pitágoras Platón y Aristóteles. El Derecho Penal en Roma; evolución . Ley de las Doce Tablas (Siglo V antes de J. C. ) Epoca imperial. Caracteres. Los delitos y las penas. El Derecho Penal en la Edad Media. Derecho Penal Germano; intervención del Estado en la justicia penal; instituciones penales propias: la faida o venganza privada colectiva; el veregildo; el fredus. Las ordalias – clases. DERECHO PENAL FEUDAL – Caracteres. Derecho Penal eclesiástico: su influencia; sistemas penales. Leyes penales de estos pueblos.Derecho Penal en la Edad moderna. Siglo XV hasta la segunda mitad del siglo XVIII – Crueldades y arbitrariedades de las leyes penales. Penas legales y extralegales. Legislación Penal. LECCIÓN VIIFundamento del Derecho de Castigar – competencia de la sociedad para el ejercicio del jus puniendi. Atribuciones del Estado. TEORIA SOBRE EL DERECHO DE CASTIGAR QUE TIENE EL ESTADO; clasificación. Teoría absoluta o de la retribución o expiación; crítica. TEORIAS RELATIVAS O DE DEFENSA SOCIAL ; a) intimación, concepto; b) Defensa social; exposición de Romagnosi – impulso criminal y la contra impulsión penal; c) Coacción psicológica; exposición de Anselmo Feuerbach; la pena – su fin; d) Advertencia de Antonio Bauer; e) Utilidad; exposición de Benthan Prevención de los delitos. LECCIÓN VIIIPeriodo Filosófico y Humanitario – Renovación iniciada por el italiano César Bonesana Marqués de Beccaria en 1764. Inspiradores. Influencia de la filosofía Política del siglo XVIII en su obra “De los delitos y de las penas”, análisis. El derecho de reprimir. El delito y las penas: su legalidad; Igualdad en la aplicación de las penas. Protesta contra la tortura. REFORMA PENITENCIARIA – John Howard, Principios. El sistema celular o el aislamiento. Influencia de Beccaria y Howard en la legislación penal. Código Penal Francés de 1810 y Código Penal de Baviera de1813. LECCIÓN IXEscuela ClásicaDenominación. Postulados esenciales; 1) Método especulativo; el Derecho Penal para el eclesicismo es un sistema dogmático 2) La imputabilidad y la responsabilidad penal se basan sobre el libre albedrío y la culpabilidad moral, el dolo y la culpa; 3) El fundamento de la pena es la retribución o el sufrimiento; otros los considera como medios de defensa; el maestro de la Escuela Clásica Penal Francisco Carrara dio a la pena el objetivo de “TUTELA JURÍDICA”; 4) El delito para la Escuela Clásica en un “ente Jurídico”. ESCUELA CORRECIONISTA – El Prof. De Heidelberg Carlos David. Augusto Roeder en 1839 inicia la exposición de su doctrina. La función de la pena no debe ser expiatoria o retributiva sino educadora La reforma del delincuente. El correccionalismo en España; Pedro Dorado Montero y su libro “El Derecho Protector de los Criminales”; la función de la pena debe ser jurídica de las personas que no pudieron reaccionar ante sus malos instintos. Estado actual del correccionalismo. LECCIÓN XEscuela Positiva – Denominaciones: antropológicas o italiana. Fundadores. Fase Antropológica – César Lombroso. Estudio de su obra “El Hombre Delincuente” la creación de la Antropología Criminal. La existencia de un “tipo criminal” según Lombroso. Explicación del delincuente “NATO” crítica de las teorías Lombrosianas. Lombroso abrió el camino a la criminología FASE SOCIOLOGICA. Enrique ferri. Estudio de su obra ‘Sociología criminal’. Ferri sostiene que el Derecho Penal es una rama de la sociología Criminal; critica de esta posición científica. La defensa social como objetivo del Derecho Penal. Ferri ataca el libre arbitrio como base de la responsabilidad moral; responsabilidad social en lugar de responsabilidad moral. Fase JURÍDICA. RAFAEL Garófalo. Estudio de su obra “Criminología” La temeridad nuevo criterio para medir la responsabilidad penal. La doctrina de Garófalo ante la moderna dirección de la PELIGROSIDAD. El delito natural; concepto, los sentimientos de piedad y probidad. Postulados de la Escuela Positiva. Rechaza el método dogmático y aplica al estudio del Derecho Penal el método experimental; responsabilidad social derivada del determinismo y temibilidad del delincuente. El delito como entre natural y social producido por el hombre (frente a la fórmula de ente jurídico de Carrara. La pena, no como castigo, sino como medio de defensa social. Concepto de la profilaxis del delito. Juicio crítico. FASE NEOPOSITIVISMA- se caracteriza por el giro que toman algunos criminólogos italianos. Representantes: Eugenio Florian y Felipe Grispigni. Autonomía del Derecho Penal LECCIÓN XIEscuela Francesa – Fundador: Alejandro Lacassagne (1834 – 1924). Importancia de la Escuela Francesa o Sociológica. La teoría del medio ambiente o mesológico. El antropólogo L. Manouvrier (1850 –1927). Concepto del Criminal La Escuela Francesa Comprende: 1°) LA escuela antroposociológica de Lacassagne, la delincuencia se debe más a la influencia del medio que actúa sobre el criminal predispuesto. 2°) LA teoría socialista de Loria, Turari y Colajanni: preponderancia de los factores económicos. LECCIÓN XIIOtras Escuelas Penales – La tersa Scuola. El eclecticismo penal; concepto penal; concepto. Manuel Carnevale y Bernardino Alimena. La defensa social como fundamento del derecho de reprimir. La pena como defensa social y coacción psicológica. No existen delincuentes natos; criminalidad adquirida La escuela de la Política Criminal. La política Criminal como escuela, y la política criminal como medidas que utiliza el Estado para combatir la delincuencia. Fundación de la Unión Internacional de Derecho Penal 1889 por Francisco Von Liszt, el belga Adolfo Prins y el profesor holandés Gerardo Von Hamel Postulados: Método experimental en las ciencias penales y lógico de la imputabilidad y del estado peligroso. El delito como fenómeno natural y como ente jurídico. Penas y medidas de seguridad como doble medio de lucha contra la delincuencia; DELINCUENTES NORMALES Y ANORMALES. La escuela penal Técnico – jurídica. Su iniciador Arturo Rocco. Es denominada también NEOCLÁSICA. Se ocupa preferentemente del aspecto jurídico del Derecho Penal. Arturo Rocco, Vicenzo Manzini y Felipe Grispingni, principales representantes. La base de la responsabilidad penal es la capacidad de entender y querer. La pena tiene carácter retributivo.Clases de delincuencia; los imputables y los no imputables.La escuela Penal Humanista. Vicenzo Lanza. Atribuye al Derecho Penal función de corrección moral. Lo ilícito penal, antes que violación jurídica es ILICITO MORAL. El delito es violación de los sentimientos morales. La pena tiene función educadora. Similitud con algunas teorías del delito natural de Garófalo SEGUNDA PARTELECCIÓN XIIIETIOLOGÍA CRIMINAL La Criminología propiamente dicha. Los factores de la Criminalidad. División de las causas del delito. División según la Escuela Positiva en: factores antropológicos, físicos y sociales. La Escuela Alemana divide en: factores endógenos (internos) y factores exógenos (externos o mesológicos) Factores de la delincuencia según Romagnosi. Falta de subsistencia, falta de educación, de vigilancia y de justicia. LECCIÓN XIVNUEVA CONCEPCIÓN DE LOS FACTORES DE LA CRIMINALIDAD Disposición; concepto; Las disposiciones del individuo son transmitidas hereditariamente? Genotipo y fenotipo. El mundo circundante. Concepto; fuerzas naturales que actúan desde el exterior sobre el autor. Elemento del mundo circundante: naturaleza y medio social. Personalidad. Cualidades psíquicas que caracterizan al hombre en un determinado tiempo. La personalidad se desarrolla mediante la disposición y las influencias exteriores o el medio social. FERRI Y LOS TRES FACTORES DE LA CRIMINALIDAD Factores antropológicos, físicos y sociales. Importancia de esta clasificación. Crítica. LECCIÓN XVLA HERENCIA Discusión como factor real de la criminalidad. Resultados. LA RAZA. Discusión; conclusión de la Criminología. SEXO La participación de los sexos en la criminalidad. Diferencia en la manera de cometer el delito. EDAD Significación biológico-criminal de las edades. El delincuente juvenil. La edad senil desde el punto de vista de la criminalidad. PSICOLOGÍA CRIMINAL Importancia. Contenido. Psicología Criminal clásica. Psicología Criminal moderna. Diversos aspectos de psiquismo de los delincuentes. Inferioridad de la inteligencia, disminución de los sentimientos afectivos, predominio de los sentimientos egoístas. Las pasiones humanas como causa de la delincuencia. La voluntad depravada; influencia del odio, de la pereza, de la venganza, la codicia, amor por los placeres, lujuria. Las emociones. Concepto. Importancia. LECCIÓN XVICAUSAS FÍSICAS DEL DELITO Discusión. Influencia del clima. Influencia de las estaciones. Combinaciones de los factores físicos con los sociales. Los delitos de sangre en los países cálidos.LECCIÓN XVIIMUNDO CIRCUNDANTE DEL AUTOR (factores sociales) Círculo del mundo circundante. Comunidad social. Educación familiar. Carencia de la educación familiar como factor de la delincuencia. INFLUENCIA DE LOS FACTORES DEMOGRAFICOS EN LA CRIMINALIDAD Se refiere a la criminalidad urbana y rural. Causas que acentúan la criminalidad rural en el Paraguay. La concentración de la población aumenta los deseos humanos y ofrece más oportunidad para los delitos en la población urbana. LECCIÓN XVIIIFACTORES SOCIALES (Cont.) La lucha económica por la existencia. Las contingencias económicas y el delito. Delitos contra la propiedad. Observación y estadística. La pobreza y el delito. LAS PROFESIONES Y EL DELITO Importancia. LA EDUCACIÓN Y LA INSTRUCCIÓN. Análisis del problema como causas de la criminalidad. LA FALTA DE VIGILANCIA. IMPUNIDAD DE LOS DELITOS. LA MALA JUSTICIA COMO FACTOR DE LA DELINCUENCIA. La justicia de paz en el Paraguay. Las revoluciones como factor de la delincuencia. El cinematógrafo de los niños. LECCIÓN XIXFACTORES SOCIALES (Cont.) El Alcoholismo Generalidades. Clasificación: 1) Agudo (embriaguez); 2) Sub agudo (delirium tremens, confusión mental); 3) Crónica (demencia alcohólica). Caracteres. El alcoholismo y su influencia en la criminalidad. Represión del alcoholismo; fracaso. Otras medidas. ESTUPEFACIENTES Noción. La narcomanía y la responsabilidad penal. Substancias que se toman de preferencia: el opio, la morfina, cocaína, heroína. Los morfinómanos no tienen inclinación de cometer crímenes violentos. Hurtos. La cocaína y la atrofia del sentido moral. El cáñamo índice o haxix (marihuana mejicana). Efectos físicos: degeneración mental y moral. Medidas de defensa en Alemania, Suiza, Estados Unidos de América. Legislación penal moderna y la narcomanía. LECCION XXETIOLOGÍA CRIMINAL (Cont.) La delincuencia femenina. Menor criminalidad de la mujer: causas delitos cometidos preferentemente: infanticidio, aborto, envenenamiento, contrabando. La prostitución y sus causas. Clasificación de las prostitutas por Paulina Tarnowscky: en congénitas habituales. Caracteres. DELINCUENCIA JUVENIL O DE MENORES diferencia entre la infancia y la edad adulta. La pobreza y la delincuencia juvenil. Los niños criminales y el medio social familiar. Hogares separados. Ilegitimidad. Vagancia. Trabajo de los menores. Influencia de la lectura y el cinematógrafo en los niños delincuentes. LECCIÓN XXIEL DELINCUENTE Importancia del estudio del delincuente. Para Morel y Feré el delincuente es un degenerado. PRECURSORES DE LOMBROSO Juan Gaspar Lavater (siglo XVIII) y la Fisonomía. Francisco J. Gall y la Ciencia Frenológica. EL CRIMEN NATO DE LOMBROSO, Explicaciones, atavismo, locura moral, epilepsia, epilepsia larvada, fracaso de la teoría lombrosiana. Congreso de Antropología Criminal de Roma de 1885 y de París 1889- Conclusiones.LECCIÓN XXII CLASIFICACION DE LOS DELINCUENTES La clasificación de los delincuentes y la Escuela Positiva. Finalidad CLASIFICACION DE LOMBROSO EN: Nato, loco, moral, Epiléptico, de ímpetu o de pasión, loco moral. Los histéricos y matoides. Delincuentes de ocasión. Pseudos criminales (habituales). CLASIFICACION DE FERRI Locos, nato, habituales, por pasión y criminales por ocasión, Examen de cada clase. Influencia de estas clasificaciones en el tratamiento penal. CLASIFICACION DEL PROF, LUIS VERVAECK (Director del Laboratorio de antropología Penitenciaria de Bélgica) Divide a los delincuentes teniendo en cuenta sus taras biológicas o sociales en tres categorías principales:1) los delincuentes de ocasión; 2) los delincuentes de costumbres, y 3) los delincuentes alienados. Cada clase vuelve a dividir en dos grupos según la actuación de caracteres biológicos o sociales del sujeto. CLASIFICACION DE EXNER EN: Caracteriológica, sociologicocriminal, psicologicocriminal, biológica hereditaria, politicocriminal y clasificación legal del delincuente. Caracteres. LECCIÓN XXIIICLASIFICACION DE LOS DELINCUENTES (Cont.) El delincuente político. Motivos determinantes; amor a la libertad y a la justicia. Carácter del delincuente político. Peligrosidad. Concepto del delito político. El delincuente común. La delincuencia atávica o evolutiva de Ferri; noción. Diferencia entre el delincuente común y el delincuente político. LECCIÓN XXIVLA MULTITUD DELINCUENTE Importancia. Concepto de la multitud. Formación: por azar y la heterogeneidad de sus componentes. Diferencia entre el delito de la multitud o muchedumbre y el delito colectivo. Legislación penal moderna. Proyecto de Código Penal de Ferri 1921. Proyecto de Código Penal Argentino de 1937. Código Penal Uruguayo vigente. Código Penal del Brasil de 1940. LECCIÓN XXVPSIQUIATRIA CRIMINAL Denominación: Psicopatología Criminal. Concepto: ciencia que estudia las enfermedades mentales de los individuos que cometen crímenes. Importancia para la criminología y para el Derecho Penal. Denominaciones de la locura: enfermedad mental, psicosis, demencia, alineación. Definición de la demencia en general o enfermedades mentales. LECCIÓN XXVICLASIFICACION DE LAS ENFERMEDADES MENTALES- Falta de unidad clasificada en1º) AMNESIA: defecto congénito; clase: idiotez, imbecibilidad menta, deficiencia moral.2°) DEMENCIA: la mente alcanza desarrollo normal para sufrir posteriormente señales de perturbación, clase de demencia, demencia precoz, secundaria o senil, demencia paralítica.3°) PARANOIA; locura sistematizada; característica; las manías y la persecución. La melancolía; concepto. Responsabilidad penal de los enfermos mentales. Intervalos lúcidos; noción. Legislación.SEMI - ALINEACION – Noción. Epilépticos sin psicosis. Histéricos. Psicasténicos. Naturaleza. La semialienación y la responsabilidad penal en la escuela clásica penal. Doctrina de la responsabilidad penal atenuada. Estado actual del problema. LOS ESTADOS DE INCONCIENCIA Concepción clásica. Definición. Amnesia lacunaria. Sueño. Sonambulismo. Sugestión hipnótica. Embriaguez; clase. Manía transitoria. Nociones generales. Estos estados personales caen dentro de la locura. El problema de la responsabilidad penal. TERCERA PARTELECCIÓN XXVIILA LUCHA CONTRA LA DELINCUENCIA -Represión y prevención. Noción. Función de la pena en la Escuela Clásica Penal. Función de la pena en la Escuela Positiva. La adaptación de la pena al delincuente. La teoría de la peligrosidad; concepto; crítica. MEDIDAS DE SEGURIDAD -Concepto. La escuela positiva no admite diferencia entre penas y medidas de seguridad; ambas son medidas de lucha contra la delincuencia. A quiénes se aplican las penas y medidas de seguridad? Clases curativas, reformadoras, eliminatorias. Legislación positiva. EL PROBLEMA SEXUAL DE LAS PRISIONES -Importancia. Discusión. LECCIÓN XXVIIIINSTITUCIONES PENALES PREVENTIVAS -Tribunal de Menores delincuentes. Organización. Legislación. EL ARBITRIO JUDICIAL -Concepto antiguo y moderno. CONDENA CONDICIONAL -Noción. Sistema: anglo-americano o suspensión de la condena: continental europeo o suspensión de la ejecución de la condena. Legislación comparada. EL PERDON JUDICIAL -Noción. Historia. Fundamento ético: la piedad. El Art. 82 del proyecto del Código Penal Italiano de 1921. Artículos 36, 37 y 127 del Código Penal Uruguayo de 1934. INDIVIDUALIZACION DE LA PENA -Concepto. Abandono de la dosimetría penal. Adaptación de la pena al delincuente. Formas de aplicación; indeterminación absoluta y relativa. Clases: legal, judicial y administrativa. SENTENCIA INDETERMINADA -Consecuencia del principio de la individualización de la pena. Idea básica de la sentencia indeterminada.
FUENTES DE INFORMACIÓN NOTA: Los temas o lecciones omitidos en los textos, serán salvados por el Profesor mediante trabajos del mismo. FRANZ EXNER Biología Criminal. Barcelona. 1946. E. MEZGER Criminología, Madrid, 1942 HUASCAR CAJIAS K. Criminología. 2 Tomos, La Paz, Bolivia, 1955. JOSE RAFAEL MENDOZA Curso de Criminología, Caracas, 1957. CONSTANCIO BERNALDO DE QUIROS Criminología, Puebla, Méjico, 1950 BENIGNO DI TULIO Tratado de Antropología Criminal. Buenos Aires, 1950 FRANCISCO P, LAPLAZA Objeto y Método de la Criminología. Bs. Aires, 1945 MANUEL LOPEZ – REY ARROJO Introducción al Estudio de la Criminología, Bs. Aires, 1945 HANG VON HENTIG Criminología, Bs. Aires, 1948 JOSE LOMBROSO L´Homme Criminel. Paris. Félix Alcan, 1887 ENRIQUE FERRI sociología Criminal. II Tomos, Madrid RAFAEL GAROFALO La Criminología. Madrid MARQUES DE BECCARIA Tratado de los delitos y de las penas. Madrid, 182 W. A. BONGER Introducción de la Criminología, México 1943 PELAYO CASANOVA Y PARTES Antropología Jurídica. La Habana 1928 JUAN P. RAMOS Curso de Derecho Penal – 4 Tomos. – Bs. Aires – Ed. Ariel 1928 RAUL CARRANCA Y TRUJILLO Principio de sociología criminal y derecho penal – México 1955 R. CIAFARDO Criminología – Bs. Aires 1954 I.VERVAECK Cour de Antropologie Criminelle. París 1942 LUIS JIMENEZ DE ASSUA – Criminalista. 2da. Serie – Bs. Aires I Tomo – 1955 ERNEST KRETSCHMER – Constitución y Carácter NERIO ROJAS Medicina Legal MAURICE PARMELEE, Ph D. Criminología LUIS JIMENEZ DE ASSUA – El nuevo Derecho Penal CARLOS FONTAN BALESTRA – Criminología y Educación N. PENDE – Trabajo reciente sobre endocriminología y criminalidad LUIS JIMENEZ DE ASSUA – La sentencia interminada FRANCISCO CARRARA – Programa de Derecho Criminal LADISLAO THOT – Psicopatología Criminal M. KANT – Principios metafísicos del Derecho CARLOS DAVID A ROEDER – Sobre el delito y la penal y otros. |